El Seguro de Lagunas Previsionales es uno de los beneficios incluidos en la Reforma de Pensiones, el cual permite que las cotizaciones en la cuenta de capitalización individual de la AFP se mantengan cubiertas cuando una persona queda cesante.
Hasta antes de la reforma, este seguro estaba limitado a quienes recibían prestaciones por cesantía financiadas con el Fondo de Cesantía Solidario (FCS). Sin embargo, desde el 2 de mayo de 2025, se amplió a todas las personas afiliadas al Seguro de Cesantía que pierdan su empleo.
¿Quiénes pueden acceder?
Pueden acceder al Seguro de Lagunas Previsionales quienes cumplan con las siguientes condiciones:
- Haber perdido su empleo siendo trabajador/a dependiente con contrato laboral.
- Estar afiliados al Seguro de Cesantía, administrado por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), ya sea recibiendo pagos desde el Fondo de Cesantía Solidario (FSC) o desde la Cuenta Individual de Cesantía (CIC).
¿Qué porcentaje cubre el seguro?
El seguro financia actualmente el 10,10% de la cotización de AFP y las del Seguro Social de cargo al empleador, durante todo el periodo en que se perciba el Seguro de Cesantía.
Según lo establecido en la Reforma de Pensiones, los porcentajes se ajustarán de manera progresiva:
- Agosto de 2027: 10,25%
- 2033: 14,5%
- 2054: 16%
¿Se debe realizar algún trámite?
Las personas que reciban el Seguro de Cesantía no deberán hacer ningún trámite adicional para acceder al Seguro de Lagunas Previsionales.
La AFC transferirá automáticamente el porcentaje de cotización desde el Fondo de Cesantía Solidario a la cuenta de AFP, el mismo día en que se realice el pago mensual del Seguro de Cesantía.