El Bono por Hijo es un beneficio económico dirigido a mujeres madres biológicas o adoptivas que busca incrementar su pensión. Este aporte se entrega cuando la beneficiaria cumple 65 años y se pensiona, no al momento del nacimiento o adopción del hijo.
Requisitos para acceder al beneficio
Para recibir el Bono por Hijo, las postulantes deben cumplir las siguientes condiciones:
- Ser mujer madre y tener 65 años o más.
- Contar con cédula de identidad vigente. Si el trámite lo realiza un apoderado, debe presentar poder notarial.
- Haber residido en Chile por al menos 20 años (continuos o discontinuos) desde los 20 años de edad, y haber vivido en el paÃs al menos cuatro de los últimos cinco años antes de solicitar el bono.
Condiciones previsionales requeridas
Además, se debe cumplir con alguna de estas situaciones previsionales:
- Estar afiliada a una AFP y haber comenzado a recibir pensión desde el 1 de julio de 2009.
- Recibir la Pensión Garantizada Universal (PGU).
- Si no está afiliada a un sistema previsional, debe recibir una Pensión de Sobrevivencia con Aporte Previsional Solidario de Vejez otorgada por AFP, compañÃa de seguros o el IPS desde el 1 de julio de 2009.
Casos de herencia del Bono por Hijo
Cuándo sà se hereda
El Bono por Hijo forma parte de la herencia únicamente en el siguiente caso:
- Si la beneficiaria cumplió 65 años y el bono incrementó su pensión, el beneficio sà forma parte de su herencia.
Cuándo no se hereda
El bono no es heredable en estas situaciones:
- Si está afiliada a una AFP y no ha cumplido los 65 años, el bono no forma parte de su herencia.
- Si comenzó a recibir el Bono por Hijo luego de obtener la PGU, el bono no será heredable, ya que no forma parte del patrimonio personal (a diferencia de la cuenta de capitalización individual de AFP).