El Seguro de Cesantía, administrado por la AFC, entrega apoyo económico a los trabajadores que quedan sin empleo y que estén contratados bajo el Código del Trabajo, el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o como trabajadores de casa particular. Cada afiliado posee una Cuenta Individual de Cesantía (CIC) que se financia con un 3% de sus remuneraciones imponibles, y desde donde se pueden efectuar giros mensuales.
Sin embargo, existe la opción de retirar el total del saldo acumulado, aunque solo en situaciones específicas.
¿Quiénes pueden retirar todo el dinero del Seguro de Cesantía?
El retiro completo de fondos en la CIC está habilitado únicamente para quienes ya se encuentren pensionados. Esta opción también aplica a pensionados que continúan trabajando como trabajadores de casa particular.
Los beneficiarios deben estar jubilados bajo alguna de estas modalidades:
- AFP: por vejez legal, vejez anticipada, invalidez total o invalidez parcial definitiva (con saldo retenido liberado).
- Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA).
- Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA).
- Régimen previsional antiguo (IPS).
Además, los pensionados pueden traspasar los fondos de la CIC, de manera parcial o total, a una cuenta de ahorro previsional en su AFP, trámite que se gestiona directamente en dicha administradora.
¿Cómo se realiza el trámite?
Existen dos alternativas para solicitar el retiro o traspaso de fondos:
- Presencialmente en una sucursal de la AFC, en los horarios de atención disponibles.
- En línea, a través de la Sucursal Virtual AFC, ingresando con Clave Única o Clave AFC y seleccionando la opción “Cobrar saldo pensionado”.