El Bono por Hijo es un beneficio entregado por el Estado a las mujeres que son madres, con el objetivo de fortalecer su pensión. Este bono se otorga por cada hijo nacido vivo o adoptado y se entrega junto a la pensión, no al momento del nacimiento del hijo.
¿Qué requisitos se deben cumplir para recibir el beneficio?
Para acceder al Bono por Hijo es necesario tener 65 años o más y haber residido en Chile durante un período de 20 años, contados desde los 20 años de edad. Además, se exige haber residido en Chile al menos cuatro años durante los últimos cinco años anteriores a la solicitud.
- Se debe estar afiliada a una AFP y haber obtenido una pensión a partir del 1 de julio de 2009.
- Ser beneficiaria de la Pensión Garantizada Universal (PGU).
- No estar afiliada a un régimen previsional y recibir una pensión de sobrevivencia.
Es importante mencionar que si se recibe una pensión de una excaja de previsión social, Capredena o Dipreca, se puede quedar excluido del Bono por Hijo.
¿Se puede heredar el Bono por Hijo?
Según lo indicado en el sitio web de ChileAtiende, el Bono por Hijo es heredable cuando la beneficiaria cumple los 65 años de edad y ya recibe los montos que aumentan su pensión. Antes de esa edad, no es posible heredar el bono. Sin embargo, si se comenzó a recibir el Bono por Hijo después de obtener la Pensión Garantizada Universal, este no será heredable.
¿Cuánto dinero entrega el Bono por Hijo?
El bono comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales. El monto se calcula de la siguiente manera:
- Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplica el ingreso mínimo vigente en julio de 2009 ($165 mil).
- Si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto vigente durante el mes de su nacimiento.
Es importante tener en cuenta que si la beneficiaria recibe un Aporte Previsional Solidario de Vejez, el monto de este beneficio podría verse afectado, ya que el Bono por Hijo incrementa el monto de la pensión de vejez e incide en el cálculo del APSV.