La Corte Suprema acogió una demanda y ordenó al trabajador de un banco a devolver el dinero que robó tras alterar bases de dato de la entidad.
Alteración de bases de datos informáticas
De acuerdo a los hechos expuestos en el fallo del máximo tribunal, Banco Consorcio demandó a uno de sus extrabajadores, puesto que «procedió a alterar las bases de datos informáticas del banco, sin su autorización» entre diciembre de 2013 y enero de 2014. El trabajador de una sucursal del centro de Santiago «generó de manera electrónica fondos que no tenían respaldo físico en una cuenta vista del banco, para luego realizar abonos por $16.750.000», mediante diversas operaciones, para posteriormente trasferirlos a su propia cuenta (aunque con otro nombre).
Tras presentarse una querella por el delito de hurto informativo, Javier Oyarce Salinas fue condenado como autor del delito consumado de espionaje informático, estafas y otras defraudaciones. Fue así como recibió la pena de 541 días de presidio menor en su grado mínimo y una multa de 1 UTM, con la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena, sentencia que ya se encuentra ejecutoriada.
Aumento de indemnización de perjuicio
Luego, la institución pidió la restitución de los fondos, lo que fue rechazado por el tribunal, quien solo condenó al demandado a pagar 2 millones por los perjuicios ocasionados. Ante esto, el banco apeló y la Corte de Apelaciones estableció que se aumentara la indemnización de perjuicio a 10 millones.
Orden de devolución de dinero y pago de indemnización
La Corte Suprema acogió el recurso de casación interpuesto por el Banco Consorcio y, en sentencia de reemplazo, ordenó que el extrabajador devuelva la suma de $16.750.000 que sustrajo. Asimismo, tendrá que pagar la indemnización de perjuicios por la suma de $10.000.000. «Se condena al demandado a pagarle al actor la suma de $16.750.000, con los reajustes que correspondan y los intereses corrientes para operaciones no reajustables que se devenguen a contar de la fecha de notificación de esta sentencia y hasta el pago total y efectivo», indica el fallo de la Corte Suprema. Considerando lo anterior, el extrabajador que extrajo dinero del banco, deberá desembolsar más de $26 millones, entre la devolución del dinero sustraído y el monto que se le ordenó pagar por indemnización de perjuicios.