La Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) ofrece una ayuda económica a las personas que quedan sin trabajo, la cual se cobra según lo acumulado en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Sin embargo, es importante destacar que el monto total del fondo de Seguro de Cesantía solo puede ser retirado si la persona se encuentra sin empleo y puede acreditar esta situación con algunos documentos.
¿Qué documentos necesito para realizar el retiro de mis fondos del Seguro de Cesantía?
Para recibir el monto acumulado en el fondo de Seguro de Cesantía, es necesario presentar los siguientes documentos:
- Cédula de identidad vigente.
- La última liquidación de pago de pensión.
- El certificado de resolución de pensión emitido por la respectiva AFP, IPS o Cajas de Previsión (FF.AA., CAPREDENA o DIPRECA), que indique fecha de inicio de la pensión y tipo de pensión que percibe.
- En caso de aplicar, el certificado de invalidez total o invalidez parcial definitiva con saldo retenido liberado emitido por la AFP.
- En el caso de pensión de vejez anticipada con rebaja de años por realizar trabajo pesado, se debe presentar el documento que acredite dicha rebaja.
¿Qué pensionados no pueden sacar su dinero?
Existen algunas condiciones que impiden a algunos pensionados retirar el dinero acumulado en la AFC. Estas son las siguientes:
- Pensión por invalidez total por accidentes del trabajo y enfermedades profesionales pagadas por la Mutual de Seguridad, la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), el Instituto de Seguridad del Trabajo (IST) y el Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- Pensiones de gracia, de reparación, de exonerados políticos, víctimas de comisiones Rettig y Valech, y de viudez.
- Pensiones preliminares.
- Pensiones de invalidez parcial definitiva con saldo retenido.
En caso de que el usuario cuente con alguna de estas pensiones y se encuentre sin trabajo, podrá acceder a sus beneficios como trabajador o trabajadora cesante afiliado o afiliada al Seguro de Cesantía.