Hoy, sábado 5 de octubre, el Servicio Electoral (Servel) publicó la primera nómina de vocales de mesa para las elecciones regionales y municipales que se desarrollarán los días sábado 26 y domingo 27 de octubre.
Multas por no cumplir labor de vocal de mesa
Tagle recordó que las personas designadas como vocal de mesa deben cumplir con esta labor, ya que este deber cívico «no es voluntario, es obligatorio».
Si quienes hayan sido designados como vocales no se presentan los días de elecciones, se exponen a una multa de entre 2 y 8 UTM, lo que traducido en pesos sería entre $133.122 y $532.488.
¿Puedo excusarme como vocal?
Cabe destacar que la nómina publicada este sábado no es la definitiva, ya que el Servel publicará una lista final de vocales de mesa el próximo sábado 12 de octubre. Esto, luego de que se termine el plazo para presentar excusas.
De acuerdo a la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, las excusas deben presentarse de forma escrita ante el secretario de la Junta Electoral que corresponda, cuestión que solo se puede realizar entre el lunes 7 de octubre y el miércoles 9 de octubre.
¿Cuáles son las razones de las excusas?
De acuerdo al artículo 44 de la también conocida como Ley 18.700, las razones para excusarse como vocal de mesa son las siguientes:
- Ser designado miembro del Colegio Escrutador.
- Estar ausente del país o radicado a más de 300 kilómetros de distancia.
- Tener que desempeñar esos mismos días y horas otras funciones que contemple la Ley 18.700.
- Tener más de 70 años de edad.
- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días que las elecciones.
- Personas embarazadas.
- Padre o madre de un hijo menor de 5 años.
- Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad.