El Fondo Solidario de Elección de Vivienda, más conocido como Subsidio DS49, es uno de los beneficios habitacionales del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) que permite acceder a la casa propia sin necesidad de optar a un crédito hipotecario.
El Minvu actualmente tiene abierto el proceso de postulación del Subsidio DS49 en condiciones especiales para Construcción en Nuevos Terrenos, en todas las regiones del país.
Este llamado a postulación para construir en nuevos terrenos, permite que las familias que no son propietarias de una vivienda puedan edificar una casa o departamento, sin crédito hipotecario, en sectores urbanos o rurales.
La postulación está especialmente dirigida a grupos (también llamados comité) que tengan asociado un proyecto de construcción en nuevos terrenos (conjunto de viviendas a construir, que incluye urbanización, equipamiento y áreas verdes, con un mínimo de 10 y un máximo de 160 viviendas).
¿Cuáles son los requisitos del llamado en especial del Subsidio DS49?
Las postulaciones se deben realizar exclusivamente de manera colectiva para proyectos de Construcción en Nuevos Terrenos, que se encuentren calificados por el Serviu, en forma condicional o definitiva.
Los requisitos para postular son:
- Tener un ahorro mínimo de 10 UF (cerca de $591 mil) si son postulantes ubicados en el 40% de la población más vulnerable, según el Registro Social de Hogares.
- Tener un ahorro mínimo de 15 UF (aproximadamente $587 mil) si son postulantes ubicados sobre el 40% y hasta el 90% de la población más vulnerable, según el RSH.
En el sitio del Minvu precisan que para la conformación de los proyectos postulantes, los grupos (o comité) deben considerar lo siguiente:
- Al menos el 70% de sus integrantes debe pertenecer al 40% más vulnerable de la población, según el RSH.
- Hasta un 30% de los integrantes podrá estar situado sobre el 40 y hasta el 90% más vulnerable de la población, según el RSH.
¿Cómo puedo postular?
Las postulaciones al llamado especial para Construcción en Nuevos Terrenos se puede realizar en proyectos habitacionales que cuenten con calificación hasta los días 10 de julio, 10 de septiembre y 13 de noviembre de 2025.
Para postular al Subsidio DS49 en condiciones especiales Construcción en Nuevos Terrenos hay que:
- Pertenecer a un grupo organizado (comité) que esté compuesto entre 2 a 160 integrantes.
- El grupo debe contar con la asesoría de una entidad patrocinante (persona natural o jurídica, pública o privada, con o sin fines de lucro, cuya función es la de desarrollar proyectos habitacionales y/o técnicos, destinadas a familias de este Programa).
- La entidad debe presentar un proyecto habitacional para la construcción de un loteo o copropiedad en un terreno, que puede ser del comité, de la entidad patrocinante, de la empresa constructora o adquirirse cuando se obtenga el subsidio.
- El proyecto debe estar aprobado por todas las familias que integran el comité.
- El proyecto es evaluado por Serviu, para lo cual existen plazos para emitir observaciones y para que estas sean corregidas por la entidad patrocinante.
- Una vez que el proyecto resulte calificado por Serviu, pueden participar en la selección que se dispone con este llamado.
- Durante todo el proceso de preparación, evaluación y ejecución del proyecto, las familias deben participar activamente.