El Bono por Asistencia Escolar es un beneficio económico que pueden recibir los estudiantes del país.
¿Quiénes reciben el Bono por Asistencia Escolar?:
El Bono por Asistencia Escolar lo reciben quienes sean parte de familias usuarias del Subsistema Seguridades y Oportunidades y cumplan con los siguientes requisitos:
- Estén participando del Acompañamiento Psicosocial (APS) o Acompañamiento Sociolaboral (ASL).
- Las familias beneficiarias deben contar con integrantes de entre 6 y 18 años de edad al 31 de marzo del año respectivo.
- Los niños o niñas deben estar cursando estudios en una institución educacional reconocida por el Estado, en los niveles educacionales básica o media.
- Los niños o niñas deben cumplir con una asistencia escolar mensual igual o superior al 85%.
Proceso de entrega del bono:
- Para recibir este beneficio, no es necesario postular, ya que se entrega automáticamente a quienes cumplan con las condiciones.
- La acreditación de asistencia a clases la realiza el Ministerio de Educación (Mineduc), por lo que no es necesario que la persona efectúe algún trámite para obtener el bono.
A quién se le entrega el pago:
El pago del Bono por Asistencia Escolar no lo recibe el estudiante beneficiado, sino que se entrega a un integrante de la familia que corresponda, según un orden de prioridades establecido:
- Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificación de invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
- Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
- Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
- Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
- Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
- Prioridad 6: Si no es aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.
La persona de la familia que cobra el pago decide la forma en que recibe los montos, que pueden ser mediante depósito bancario o en la Cuenta RUT, o con pagos presenciales en Caja Los Héroes o Banco Estado. Los beneficiarios que escogieron pago presencial tienen un plazo de 6 meses para cobrar el beneficio, mientras que quienes optaron por la modalidad de depósito no tienen límite de tiempo, ya que una vez emitido, el dinero se transfiere directamente a su cuenta bancaria.