El Instituto de Previsión Social (IPS) ofrece la Asignación por Muerte, un beneficio que otorga un monto de $966.885 a quienes sufran la pérdida de un familiar beneficiario, como apoyo para los gastos funerarios. Esta ayuda está disponible durante todo el año, siempre que se cumplan las condiciones estipuladas por el IPS.
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¿Quiénes Pueden Recibir la Asignación por Muerte?
El beneficio está dirigido a quienes se hagan cargo de los gastos funerarios del fallecido. Para ser elegible, la persona fallecida debe cumplir con alguno de los siguientes requisitos:
- Pensión Garantizada Universal (PGU):
Si recibía la PGU (vigente desde el 1 de febrero de 2022), se entrega una cuota mortuoria de 15 UF. - Aportes Previsionales Anteriores:
- Beneficiarios de la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) o del Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) antes del 1 de febrero de 2022.
- Beneficiarios de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI) o pensión de sobrevivencia con aporte solidario sin afiliación a una AFP.
- Cotizaciones o Subsidios Recientes:
- Pensionados de Ex Cajas y Leyes Especiales:
- Pensionados por las ex cajas de previsión y leyes especiales.
- Pensionados de orfandad y convivencia que recibían un aporte solidario al momento del fallecimiento.
Pasos para Solicitar la Asignación por Muerte
- Accede al sitio web del IPS: Ingresa a la plataforma oficial del Instituto de Previsión Social.
- Ingresa el RUT del solicitante: Asegúrate de que los datos coincidan.
- Selecciona el beneficio: Elige “Asignación por Muerte”.
- Completa el formulario:
- Introduce el RUT del causante.
- Accede con tu Clave Única.
- Proporciona los datos solicitados, como información de la empresa funeraria.
- Adjunta la documentación requerida:
- Factura original de la empresa funeraria.
- Certificado de sepultación (si han pasado más de 30 días desde el fallecimiento).
Este beneficio es una forma de aliviar los gastos en un momento difícil. Si cumples los requisitos, no dudes en solicitarlo para recibir este importante apoyo.