La medida, parte de la Reforma de Pensiones, entregará un aporte adicional de hasta 2,5 UF mensuales. El pago será automático y gestionado por el IPS.
A partir de enero de 2026, una de las aristas más relevantes de la Reforma de Pensiones comenzará a operar en el país: el Beneficio por Años Cotizados. Esta iniciativa tiene como objetivo principal mejorar las tasas de reemplazo tanto para los actuales jubilados como para quienes se retiren en el futuro, siempre que cumplan con los requisitos de antigüedad en el sistema.
El aporte monetario será pagado directamente por el Instituto de Previsión Social (IPS), sumándose a la liquidación de la pensión mensual, previo descuento de los impuestos y cotizaciones de salud que correspondan según la normativa vigente.
Requisitos para acceder al beneficio
El aporte está diseñado para pensionados por vejez o invalidez, ya sea bajo la modalidad de Retiro Programado (AFP) o Renta Vitalicia (Compañía de Seguros). Para ser elegible, es necesario cumplir con condiciones específicas de edad y densidad de cotizaciones:
- Hombres: Deben tener 65 años o más y acreditar un mínimo de 20 años de cotizaciones.
- Mujeres: Actualmente se exige tener 65 años y un piso de 10 años de cotización.
Es importante destacar que, en el caso de las mujeres, la exigencia de años cotizados tendrá un aumento gradual. A contar de enero de 2028, el requisito subirá a 132 meses (11 años). Posteriormente, se sumarán 12 meses adicionales cada dos años, hasta estabilizarse en 15 años de cotización (180 meses).
Montos y forma de cálculo
El cálculo del beneficio se estructura en base a la Unidad de Fomento (UF). El Estado entregará 0,1 UF por cada año cotizado, estableciendo un tope máximo de reconocimiento de 25 años.
En términos prácticos, esto se traduce en un aporte máximo de 2,5 UF mensuales, lo que a valor actual bordea los $100.000.
Para quienes ya estén pensionados al 31 de julio de 2025, o que tengan 65 años a esa fecha (aunque sigan activos), el cálculo de sus años cotizados se cerrará en dicho corte. El primer pago se verá reflejado en las cartolas de enero de 2026.
Sin trámites adicionales
A diferencia de otros beneficios estatales como la PGU, que en sus inicios requirieron inscripción, el Beneficio por Años Cotizados no requiere postulación.
El sistema operará de manera automática: una vez que la persona se pensione a través del sistema de AFP o compañía de seguros, y el sistema verifique el cumplimiento de los requisitos, el IPS procederá a integrar el pago en la pensión mensual sin que el usuario deba realizar gestiones en oficinas ni plataformas web.

