
Con el fin de mejorar las condiciones económicas de los pensionados del sector público, el estado entrega un bono que complementa su jubilación. Se trata de un beneficio que tiene carácter vitalicio y que no figura como una indemnización o una renta.
Se trata del Bono Post Laboral, el cual fija un monto de $94.421 que se entrega de forma mensual a todos los beneficiarios, quienes además deben cumplir con siete requisitos, dentro de los cuales se incluye estar afiliado a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).
- Corte masivo de luz en 10 regiones: Coordinador Eléctrico atribuye desconexión a incendio bajo línea de transmisión
- Cambio de hora: Esta es la fecha en que debes modificar tu reloj
- Carabinero resulta herido por disparo accidental de otro funcionario dentro de comisaría en Huechuraba
- Aviso meteorológico por precipitaciones en corto tiempo: regiones del centro-sur y sur serán afectadas
- Subsidio de Calefacción 2025: esta es la única región donde se entregará el beneficio
¿Cuáles son los requisitos del Bono Post Laboral?
Los adultos mayores que se jubilaron de un puesto de trabajo del sector público deberán cumplir con los siguientes requisitos para poder postular al beneficio:
- Ser afiliado a una AFP.
- Poseer más de 60 años las mujeres, y más de 65 los hombres.
- Contar con más de 20 años de servicio en el sector público, no es necesario que sean continuos.
- Haber estado en un cargo de planta, a contrata o por Código del Trabajo al momento de postular.
- Haber sido parte de una de las instituciones públicas antes del 1 de mayo del 1981 con, al menos, una imposición en el sistema previsional antiguo.
- Tasa de reemplazo líquida cercana al 55%.
- Tener un fin del contrato por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o una pensión de vejez.
¿Cómo solicitar el beneficio?
Quienes deseen solicitar este bono deberán revisar si pertenecen a alguna de las instituciones públicas incluidas en el listado, y una vez confirmado ello deberán acudir a la jefatura de la organización, en un plazo de 12 meses luego de cumplir la edad de jubilación.
En adelante, y siempre y cuando la solicitud sea derivada a la Superintendencia de Pensiones, esta procederá a calcular la tasa de reemplazo y se informará si él o la funcionaria califica para obtener el bono.