El Bono por Hijo es un aporte previsional dirigido a madres, con el propósito de mejorar su pensión futura. Este beneficio, establecido por el Estado, se calcula según la fecha de nacimiento de cada hijo o hija, y no se entrega al momento del nacimiento, sino al momento de la jubilación de la madre.
Monto actualizado del Bono por Hijo en 2025

El cálculo del bono depende del año de nacimiento del hijo o hija:
- Si el nacimiento fue antes del 1 de julio de 2009, el bono corresponde a $165.000 por cada hijo, equivalente al salario mínimo de esa fecha.
- Si el nacimiento fue a partir del 1 de julio de 2009, el monto equivale al 10% de 18 sueldos mínimos correspondientes al mes en que nació el hijo.
Con el ingreso mínimo mensual fijado en $529.000, el bono se reajustó. Así, para hijos nacidos hasta el 31 de diciembre de 2025, el monto será de $952.200 por cada hijo o hija, siempre que la madre cumpla con los requisitos establecidos.
¿Quiénes pueden acceder al Bono por Hijo este año?
Para optar al Bono por Hijo en 2025, la madre debe cumplir dos condiciones generales:
- Haber cumplido 65 años durante 2025, o tener una edad superior.
- Haber residido en Chile al menos 20 años, continuos o discontinuos, desde los 20 años de edad. Además, se exige haber vivido en el país al menos cuatro de los últimos cinco años previos a la solicitud del bono.
Requisitos adicionales para recibir el beneficio
Además de las condiciones anteriores, la madre debe cumplir con una de las siguientes tres situaciones para acceder efectivamente al bono:
- Estar afiliada a una AFP y haber obtenido su pensión desde el 1 de julio de 2009 en adelante.
- Ser beneficiaria de la Pensión Garantizada Universal (PGU).
- No estar afiliada a un sistema previsional, pero recibir una pensión de sobrevivencia otorgada por una AFP.
¿Cuándo se entrega el Bono por Hijo?
Este beneficio no se paga al momento del nacimiento del hijo o hija. El bono se incorpora al momento en que la madre accede a su pensión, ya sea por retiro en una AFP, por la PGU, o mediante una pensión de sobrevivencia.
Por lo tanto, el pago se realiza cuando la mujer se jubila, y se suma como un aporte adicional por cada hijo nacido vivo o adoptado.