La tercera edad puede recibir diferentes aportes, independiente de si todavía están trabajando o si ya se encuentran pensionados.
Para recibir estos bonos es necesario cumplir con diversos requisitos y realizar la postulación, en caso de que corresponda. Quienes sean beneficiarios podrán obtener pagos durante el mes de abril.
¿Qué bonos reciben los adultos mayores en abril?
Pensión Garantizada Universal (PGU)
Desde el presente mes de abril, cambiará una condición para la entrega de este beneficio, y dejará de considerar únicamente la población etaria para seleccionar a los beneficiarios.
Por tanto, desde abril los beneficiarios serán aquellos adultos mayores de 65 años, que no estén dentro del 10% de mayores ingresos de toda la población y tengan una pensión base inferior a $1.114.446, entre otros requisitos, pueden recibir los pagos mensuales de hasta $206.173 que entrega la Pensión Garantizada Universal (PGU).
Este aporte lo reciben independientemente de si siguen o no trabajando, o de si están pensionados, aunque quedan fuera las personas jubiladas por Dipreca o Capredena. Para conocer la fecha de pago mensual, puedes ingresar tu RUT aquí.
Quienes cumplan con los requisitos, pueden postular a la PGU por Internet o de manera presencial en sucursales de Chile Atiende.
Bono por Hijo
El Bono por Hijo se otorga de manera exclusiva a las mujeres que son madres (biológicas o adoptivas) o que tienen hijos a su cuidado. Este beneficio no se paga al momento del nacimiento del hijo, sino una vez que la mujer beneficiaria cumple los 65 años y se pensiona.
El monto a recibir comienza a generar rentabilidad desde la fecha de nacimiento del hijo, y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales.
Bono Bodas de Oro
El Bono Bodas de Oro entrega un monto de $403.874 a las parejas que cumplan 50 años de matrimonio, otorgándose en partes iguales de $201.937 para cada cónyuge.
Los requisitos que debe cumplir la pareja para ser beneficiaria de la bonificación son los siguientes:
- No se encuentren separados o divorciados (término del matrimonio por cualquier causa legal).
- Estén inscritos en el Registro Social de Hogares (RSH), y pertenezcan al 80% más vulnerable de la población.
- Convivan en el mismo hogar o acrediten residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos), reconocido por la autoridad correspondiente.
- Acrediten residencia en el territorio nacional por un período de cuatro años, dentro de los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
Puedes conocer más información sobre este beneficio, haciendo clic en el siguiente enlace.
Bono de Reconocimiento
El Bono de Reconocimiento es un beneficio estatal que va dirigido a los trabajadores y trabajadoras que se cambiaron del antiguo sistema de pensiones al vigente sistema de AFP.
A esta ayuda económica pueden acceder todos los imponentes de cualquiera de las ex Cajas de Previsión del régimen previsional antiguo (de reparto) que cumplan con los requisitos.
El aporte se agrega a la Cuenta de Capitalización Individual de la persona cuando se pensione por vejez o invalidez, o cuando fallezca.