El artículo número 31 de la Ley sobre Impuesto a la Renta en Chile permite que la compra de alcohol sea considerada como un gasto asociado a las empresas para los festejos de Fiestas Patrias, siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos establecidos por el Servicio de Impuestos Internos (SII).
Las condiciones
- Asociación con la generación de renta: Los gastos en la compra de alcohol deben tener alguna relación con la actividad económica o giro de la empresa. Esto significa que deben estar relacionados con la generación de ingresos de la empresa.
- No estar rebajados según el artículo 30: Los dineros gastados en alcohol no deben haber sido rebajados o descontados de acuerdo con el artículo 30 de la misma ley, que se refiere a los desembolsos rechazados por el SII.
- Estar pagados o adeudados en el ejercicio comercial: Los gastos en alcohol deben estar pagados o ser adeudados durante el ejercicio comercial correspondiente.
- Acreditación o justificación ante el SII: Se debe ser capaz de acreditar o justificar de manera fehaciente ante el SII que estos gastos en alcohol están relacionados con actividades extra programáticas de la empresa y tienen como finalidad la distensión y la creación de un buen ambiente laboral.
Estos gastos en alcohol pueden deducirse de la base imponible del impuesto a la renta de la empresa, lo que implica que se pagarán menos impuestos sobre las utilidades de la empresa. Esto puede ser especialmente beneficioso para emprendedores que desean celebrar las Fiestas Patrias con su equipo de trabajo como una forma de motivación y fortalecimiento del compromiso laboral.
Es importante destacar que estos gastos en alcohol deben cumplir con ciertas condiciones adicionales, como que sean de origen voluntario, estén abiertos a todas las personas de la empresa y se encuentren dentro de un rango de montos razonables. Además, estos gastos pueden ser útiles para fortalecer las relaciones con clientes y conocer mejor sus necesidades y preferencias.