La Asignación Familiar es un beneficio fundamental para los trabajadores dependientes e independientes, así como para los pensionados más vulnerables de Chile. A través de este subsidio, es posible recibir una suma máxima de $20.328, cuyo monto varía en función del salario mensual y la cantidad de cargas familiares que se tengan.
Este importante respaldo se otorga a través del Instituto de Previsión Social (IPS) en diferentes fechas, siempre y cuando el ingreso mensual de la persona no supere los $1.175.196 y se cumplan ciertos requisitos.
Consulta la fecha de pago de la Asignación Familiar
Para conocer la fecha de pago de la Asignación Familiar, basta con ingresar a Mi Chile Atiende, donde podrás consultar con tu RUT.
Es importante destacar que este aporte se entrega de diversas maneras:
- Trabajadores Dependientes: Es pagado por el empleador y se incluye en el sueldo.
- Trabajadores Independientes que emiten boletas de honorarios: Se recibe en la devolución de impuestos del año siguiente al que se declaran las cargas familiares.
- Trabajadores Independientes que cotizan por cuenta propia: Se otorga al realizar las cotizaciones o aportes.
- Pensionados: Es pagado por la entidad que proporciona la pensión (AFP o IPS).
- Personas subsidiadas por cesantía: Se entrega junto con el subsidio.
Quiénes son causantes de la Asignación Familiar
La Asignación Familiar proporciona hasta $20.328 por cada carga familiar a cargo del beneficiario. Es esencial comprender quiénes se consideran cargas familiares para realizar el trámite necesario si es necesario inscribir a alguien como tal. Los causantes de la Asignación Familiar incluyen:
- El cónyuge.
- Hijos e hijas de hasta 18 años (el beneficio se mantiene hasta diciembre del año en que el causante cumple 18 años).
- Hijos, hijas, hijos adoptados o hijastros inválidos de cualquier edad.
- Hijos, hijas, hijos adoptados o hijastros entre 18 y 24 años, si están estudiando (el beneficio se mantiene hasta el 31 de diciembre del año en que el causante cumple 24 años).
- Nietos y bisnietos, huérfanos de padre y madre o abandonados por estos (hasta los 18 años).
- Nietos y bisnietos, huérfanos de padre y madre o abandonados por estos, si están estudiando (el beneficio se mantiene hasta diciembre del año en que el causante cumple 24 años).
- Nietos y bisnietos inválidos (sin límite de edad).
- La madre viuda.
- Ascendientes.
- Niños y niñas huérfanos o abandonados menores de 18 años al cuidado de alguna institución.
- Niños y niñas huérfanos o abandonados al cuidado de alguna institución entre los 18 y 24 años, si están estudiando (el beneficio se mantiene hasta diciembre del año en que el causante cumple 24 años).
- Niños y niñas huérfanos o abandonados inválidos (sin límite de edad).
- Trabajadoras embarazadas.
- La cónyuge embarazada.
- Menores de 18 años al cuidado de alguna persona que se preste para ello, con autorización judicial (artículo 29, Ley Nº 16,618), el beneficio se mantiene hasta diciembre del año en que el causante cumple 18 años.
- Personas inválidas de cualquier edad al cuidado de alguna persona que se preste para ello, con autorización judicial (artículo 29, Ley Nº 16,618).
- Estudiantes de entre 18 y 24 años (hasta diciembre del año en que los cumplen) al cuidado de alguna persona que se preste para ello, con autorización judicial (artículo 29, Ley Nº 16,618).