La Cotización con Rentabilidad Protegida (CRP) forma parte de los cambios introducidos por la Reforma al Sistema Previsional, establecida mediante la Ley N°21.735. Este nuevo aporte contempla un mecanismo con garantía estatal que reconoce y resguarda las cotizaciones de los trabajadores, y será administrado por el Fondo Autónomo de Protección Previsional.
Según lo establecido, la medida tiene como objetivo financiar el Beneficio por Años Cotizados, especialmente para los actuales pensionados y trabajadores cercanos a jubilarse que no alcanzarán a percibir las mejoras de largo plazo de la Reforma.
Funcionamiento del mecanismo
El aporte correspondiente a la CRP se registrará como un Bono de Seguridad Previsional, que generará un único bono amortizable al momento de la pensión. Este instrumento reconocerá el aporte realizado y se expresará en Unidades de Fomento (UF).
El beneficio contempla intereses y reajustes que se sumarán a la cuenta individual de cada afiliado al jubilarse, junto con el monto original. El pago se efectuará en 240 cuotas iguales y sucesivas.
Características del bono amortizable
- Es inembargable y endosable a favor del afiliado.
- En caso de fallecimiento del trabajador sin beneficiarios de pensión de sobrevivencia, el monto se pagará a los herederos en las mismas condiciones.
Financiamiento y aplicación gradual
La Cotización con Rentabilidad Protegida será financiada por una cuota adicional de cargo del empleador, que se aplicará de forma progresiva:
- Desde septiembre de 2026: 0,9% de la renta imponible.
- Desde septiembre de 2027: 1,5% de la renta imponible.
La normativa precisa que esta cotización no será permanente. Su recaudación disminuirá de manera gradual a partir de los 20 años desde la promulgación de la Reforma, hasta llegar a cero en un plazo de 30 años.