En caso de quedar cesante, una opción de protección económica para los trabajadores afiliados a la AFC es el Seguro de Cesantía. Este beneficio permite retirar parte de los recursos depositados en su Cuenta Individual de Cesantía para quienes se encuentren sin empleo.
¿Desde cuándo se puede solicitar el Seguro de Cesantía?
De acuerdo a la AFC, se puede solicitar el Seguro de Cesantía en cualquier momento mientras el afiliado mantenga la condición de cesante, ya que no hay un plazo límite para hacerlo. Una vez solicitado, la AFC responderá en un plazo de 5 días hábiles informando la aprobación, monto de los giros y calendario de pago o las razones del rechazo.
¿Cómo puedo saber si estoy afiliado al Seguro de Cesantía?
La afiliación al Seguro de Cesantía es automática para los trabajadores mayores de 18 años contratados después del 2 de octubre de 2002, cuyos contratos están regidos por el Código del Trabajo, el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o son trabajadores de casa particular. En caso de querer revisar su afiliación, pueden visitar el sitio web de la AFC y consultar su estado de afiliación ingresando su RUT en el enlace www.afc.cl/que-es-el-seguro-de-cesantia/consulta-estado-afiliacion.