El Servicio de Impuestos Internos (SII) continúa con su calendario de pagos para quienes realizaron la declaración de renta 2025. Si hiciste el trámite entre el 22 y el 28 de abril, te corresponde recibir el tercer pago de la devolución. Revisa aquí la fecha y todos los detalles.
¿Cuándo es el tercer pago de la devolución de impuestos?
De acuerdo con el calendario oficial del SII, el tercer pago de la devolución de impuestos será realizado el:
- Viernes 23 de mayo de 2025, para quienes declararon renta entre el 22 y el 28 de abril.
Fechas anteriores de devolución:
- Declaraciones entre el 1 y 8 de abril: pago el 25 de abril.
- Declaraciones entre el 9 y 21 de abril: pago el 14 de mayo.
- Declaraciones entre el 29 de abril y el 9 de mayo: pago el 30 de mayo.
Ya no hay plazo para declarar: ¿qué pasa si no cumpliste?
El proceso de Operación Renta 2025 finalizó el 9 de mayo, por lo que si tenías la obligación de declarar y no lo hiciste, podrías enfrentarte a multas o sanciones.
¿Quiénes estaban obligados a declarar renta este 2025?
Según el SII, debían declarar las personas que cumplieran alguna de las siguientes condiciones:
- Ingresos anuales superiores a $10.900.000 (salvo que provengan de un solo empleador)
- Más de un empleador o pagador durante el año
- Trabajadores a honorarios que deseen acceder a cobertura previsional parcial
- Beneficiarios del Préstamo Solidario 2020 o 2021
- Quienes iniciaron actividades como emprendedores en 2024
- Personas jurídicas o empresas (obligación sin excepción)
¿Por qué pueden retener tu devolución de impuestos?
Aunque la declaración esté aceptada, tu devolución puede ser retenida parcial o totalmente por alguno de estos motivos:
- Deudas por pensión de alimentos
- Créditos universitarios impagos (CAE o Fondo Solidario)
- Subsidios laborales pendientes (como el SENCE)
- Retenciones judiciales o previsionales
- Registro de evasores del transporte público
- Deudas con instituciones de salud
También puede haber errores en la declaración, como ingresar una cuenta bancaria inactiva, mal escrita o que no pertenezca al titular.
¿Y si no estaba obligado a declarar, pero quería acceder a beneficios?
Aun sin estar obligado, algunas personas presentaron su declaración para optar a beneficios como:
- Rebaja de intereses por dividendos hipotecarios
- Crédito por gastos en educación