Estar afiliado al Seguro de Cesantía puede traer una serie de beneficios en caso de que una persona se encuentre sin trabajo, significando un alivio mientras se está en búsqueda de una nueva fuente laboral.
El seguro funciona a través de la entrega de montos de manera parcelada a quienes buscan un nuevo empleo, los que son financiados con el dinero que se depositan mensualmente en la Cuenta Individual de Cesantía (CIC).
En determinados casos está la posibilidad de ejercer el retiro total de los fondos de la CIC de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), siempre que se cumplan las condiciones.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar el retiro total de fondos de la Cuenta Individual?
Para poder realizar esta solicitud, basta estar afiliado al Seguro de Cesantía y ser pensionado. Esto también incluye a los pensionados que siguen ejerciendo como trabajadores de casa particular.
Los afiliados pensionados también tienen la opción de hacer el traspaso de sus fondos, de forma parcial o total, desde su CIC a su cuenta de ahorro previsional en su AFP. En el caso de ser pensionado de una AFP, no se debe presentar ninguna documentación para realizar el trámite. Si lo realiza de manera presencial, solo debe llevar su cédula de identidad vigente.
¿Qué tipo de pensión permite acceder a este beneficio?
Pensión pagada por las AFP, ya sea por:
- Vejez (a la edad legal o anticipada).
- Invalidez total, acreditado con un certificado emitido por la AFP.
- Invalidez parcial definitiva con saldo retenido liberado, lo que debe acreditarse con un certificado emitido por la AFP.
- Pensión de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA).
- Pensión de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA).
- Pensión del régimen previsional antiguo (IPS).
- Pensión por enfermedad terminal (Ley 21.309).