El grabado de la patente en vidrios y espejos retrovisores se ha convertido en una exigencia clave para todos los dueños de vehículos particulares en Chile. Esta medida busca disminuir la clonación de patentes y el robo de vehículos, y su incumplimiento puede derivar en multas de hasta 1,5 UTM.
¿Quiénes deben cumplir y cuáles son los plazos?
El calendario de implementación se basa en la fecha de comercialización del vehículo, siendo tres los grupos definidos por la normativa. Uno de ellos ya finalizó en septiembre de 2024, mientras que los dos restantes vencen el próximo 14 de mayo de 2025.
Quienes no cumplan con esta exigencia a partir del 15 de mayo, se exponen a multas que van desde 1 a 1,5 UTM.
¿Qué vehículos están exentos del grabado de patente?
La Ley N° 21.601 establece cinco excepciones en las que el grabado de patente no es obligatorio. De acuerdo con información de ChileAtiende, los vehículos excluidos de la normativa son:
- Vehículos de establecimientos comerciales autorizados por la municipalidad respectiva.
- Vehículos extranjeros que circulan temporalmente en Chile y cumplan con los requisitos legales vigentes.
- Vehículos nuevos con peso igual o superior a 3.860 kilos, cuyo desplazamiento se realice solo por sus propios medios y exclusivamente para traslado.
- Vehículos de las Fuerzas Armadas o de Carabineros, destinados al uso militar o policial.
- Vehículos motorizados antiguos o históricos, reconocidos por el Ministerio de Transportes, con 40 o más años, y restaurados o conservados en su estado original.
Todo vehículo que no esté dentro de estas categorías debe cumplir con la normativa antes del 15 de mayo de 2025, para evitar sanciones.
¿Cuántos elementos del vehículo deben tener el grabado?
La regulación exige que la patente esté grabada en al menos seis vidrios (parabrisas, luneta y vidrios laterales) y en ambos espejos retrovisores laterales. En el caso de motocicletas, el tallado debe realizarse en todos sus espejos.
Además, el grabado debe cumplir con las siguientes especificaciones:
- Carácter permanente y legible.
- Letras mayúsculas y formato normal.
- En vidrios, la altura del grabado debe estar entre 7 y 10 mm.
- En espejos, entre 5 y 10 mm de altura.
Para asegurar su validez, se recomienda realizar el grabado en un lugar que cumpla con las normas establecidas por el Ministerio de Transportes.