Más de un millón de pensionados y adultos mayores reciben mes a mes en Chile la Pensión Garantizada Universal (PGU). Este beneficio busca aumentar el monto de la pensión y se debe postular para luego ser beneficiario de forma constante. Sin embargo, quienes reciben el pago de forma mensual igualmente pueden llegar a perder el bono.
En qué casos se puede llegar a perder el pago de la PGU?
Quienes sean beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal podrían llegar a perder el bono para siempre si ocurre alguno de los siguientes casos:
- Fallecimiento del beneficiario o beneficiaria. La pensión se extinguirá el último día del mes del fallecimiento.
- Permanecer fuera de Chile por un período superior a 180 días continuos o discontinuos durante un año calendario (enero a diciembre). Para solicitar nuevamente el beneficio, la persona debe acreditar, además de los otros requisitos legales, residencia en el país por un período no inferior a 270 días en el año inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud.
- Entregar antecedentes incompletos, erróneos o falsos, con el objetivo de acreditar el cumplimiento de los requisitos para acceder a la PGU.
- Dejar de cumplir el requisito de focalización, es decir, no integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población de Chile.
Cómo apelar a la suspensión o extinción del pago de la PGU?
En caso de que te eliminen o anulen el pago de la PGU y consideres que es injustificado, puedes interponer un reclamo ante el IPS, en un plazo de 5 días hábiles (lunes a viernes) contados desde la notificación del rechazo o suspensión.
El trámite debes hacerlo en el portal de ChileAtiende, en donde debes colocar todos tus datos, escribir tus reclamos y adjuntar las pruebas que justifiquen que debes recibir la PGU.
Cuáles son los requisitos para recibir la PGU?
Es importante aclarar que la PGU se entrega de manera indefinida, pero para seguir con los pagos cada mes debes seguir cumpliendo con estos requisitos:
- Tener 65 años cumplidos o más.
- Pertenecer a un grupo familiar que no integre el 10% más rico de la población
- Acreditar residencia en territorio chileno y haber vivido en el país por un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos desde que cumpliste 20 años de edad.
- Tener una pensión base menor a $1.158.355.
- No pertenecer a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) y de la Dirección de Previsión de Carabineros (Dipreca).