El Ministerio de Desarrollo Social y Familia cuenta con un programa de apoyo económico dirigido a cuidadores de personas en situación de dependencia, el cual contempla un pago mensual entregado a través del Instituto de Previsión Social (IPS) mediante depósito bancario.
Requisitos para acceder al estipendio
Para que un cuidador pueda recibir el beneficio, la persona con dependencia —considerada como causante— debe cumplir con los siguientes requisitos de manera simultánea:
- Estar inscrita en el Programa de Atención Domiciliaria para Personas con Dependencia Severa y Cuidadores del Ministerio de Salud, a través del CESFAM, CECOF, posta rural u otro centro de atención primaria de su domicilio.
- Contar con un cuidador o cuidadora que no reciba remuneración por sus labores.
- No encontrarse institucionalizada en un establecimiento de larga estadía para adultos mayores ni en otro recinto similar para personas menores de edad.
La postulación al beneficio no requiere trámites por parte del cuidador, ya que esta gestión la realiza directamente el equipo médico del centro de salud primaria correspondiente.
Monto del beneficio
El programa contempla un pago mensual máximo de $32.991, monto que se reajusta anualmente según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
El estipendio no es imponible ni constituye renta, y es compatible con otros beneficios sociales que no tengan el mismo propósito, lo que permite complementar este apoyo con diferentes programas estatales.