Este impuesto puede afectar tu presupuesto anual, pero no todos deben pagarlo: revisa si aplicas a la exención.
En Chile, el pago de contribuciones es un deber que no todos conocen, pero que puede tener un impacto directo en la economía familiar. El impuesto se cobra sobre bienes raíces y permite financiar obras públicas y servicios comunales. A continuación, te explicamos quiénes están obligados, quiénes pueden quedar exentos y cómo saber si tienes que pagar este año.
¿Quiénes están obligados a pagar contribuciones?
Las contribuciones —también llamadas Impuesto Territorial— deben ser pagadas por toda persona que sea propietaria u ocupante de un bien raíz, ya sea agrícola o no agrícola, según el Servicio de Impuestos Internos (SII). Esta obligación incluye no solo al dueño legal, sino también a usufructuarios, arrendatarios o tenedores, aunque el propietario sigue siendo responsable en última instancia.
El cálculo del monto a pagar lo determina el SII, en función del avalúo fiscal de la propiedad, el cual se reevalúa periódicamente.
¿Quiénes están exentos del pago de contribuciones en 2025?
Según información de ChileAtiende, en 2025 estarán exentas del pago todas las viviendas con un avalúo fiscal igual o inferior a $56.846.995.
También quedan liberados del pago total o parcial:
- Propiedades fiscales
- Establecimientos educacionales
- Edificios destinados al culto religioso
- Bienes raíces municipales
- Servicios públicos e infraestructura de uso común
Además, adultos mayores vulnerables que sean propietarios de viviendas no agrícolas pueden optar a una rebaja en las cuotas del segundo semestre del año y del primer semestre siguiente.
¿Cómo saber si me corresponde pagar?
Para verificar si te corresponde pagar contribuciones este año, debes seguir estos pasos en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (www.sii.cl):
- Iniciar sesión con tu RUT y Clave Tributaria o Clave Única.
- Ir a la sección “Servicios online”.
- Seleccionar “Avalúos y contribuciones de bienes raíces”.
- Hacer clic en “Mis bienes raíces (información integrada)”.
- Consultar en “Consultar mis bienes raíces”.
Si eres propietario, verás automáticamente la información de tu inmueble, incluido el avalúo fiscal. Si no hay propiedades registradas a tu nombre, aparecerá un mensaje informativo.
¿Cuándo se paga y cómo se divide el cobro?
El impuesto se paga en cuatro cuotas anuales, en las siguientes fechas:
- 1ª cuota: hasta el 30 de abril
- 2ª cuota: hasta el 30 de junio
- 3ª cuota: hasta el 30 de septiembre
- 4ª cuota: hasta el 30 de noviembre
Ojo: El monto de cada cuota puede variar, ya que el avalúo fiscal se actualiza semestralmente en base al Índice de Precios al Consumidor (IPC).