En los últimos meses la PGU ha sufrido una serie de cambios que inlcuyen el cambio de uno de sus requisitos.
La Pensión Garantizada Universal cambió uno de sus principales beneficios, el cual corresponde a la focalización, a esto se suma que el monto máximo que se puede recibir aumentó a 206.173, esto dependerá de la pensión que reciba cada persona.
Pensión Garantizada Universal: Estas personas pueden dejar de recibir la PGU en abril
Así como se puede postular al beneficio, el IPS también informa que hay personas que pueden perderlo de manera definitiva o temporal, en los siguientes casos:
- Quienes no cobren la PGU por 6 meses continuos. A pesar de esto, la persona puede solicitar que se deje sin efecto la medida hasta 6 meses contados desde la suspensión. Si transcurre ese plazo sin haberse efectuado la solicitud de reactivación, se producirá la extinción del beneficio.
- Quienes no proporcionan los antecedentes necesarios para acreditar el cumplimiento de los requisitos para la mantención del beneficio y que le sean solicitados por el IPS dentro de los 3 meses de efectuado el requerimiento.
La PGU puede desaparecer para las personas que cumplan con lo siguiente:
- Quienes sean beneficiarios y fallezcan, en este caso el beneficio se extingue desde el último día del mes de su fallecimiento.
- Quienes estén fuera del país por un lapso superior a 180 días continuos o discontinuos durante el año calendario.
- Personas que entreguen antecedentes incompletos, erróneos o falsos, que tengan como objetivo cumplir con los requisitos que solicita la PGU.
- Dejen de cumplir el requisito de focalización.
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Requisitos actuales de la Pensión Garantizada Universal
Desde el 1 de abril de 2023 los requisitos para acceder a la PGU son los siguientes:
- Tengan 65 años o más de edad.
- No integren el 10% más rico de la población.
Acrediten residencia en el territorio de la República de Chile en estos dos casos:
– Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad.
– Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.
- Cuenten con una pensión base menor a $1.114.446 (monto de la pensión superior), determinada por la Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE) de PGU.