La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un aporte mensual destinado a los adultos mayores de 65 años que cumplen con los requisitos legales establecidos. Este beneficio se entrega tanto a quienes reciben una pensión de otro régimen, como las AFP, como también a quienes no tienen derecho a pensión en sistemas previsionales.
Sin embargo, existen exclusiones: quienes perciben jubilaciones de Capredena o Dipreca no pueden acceder a la PGU.
Actualmente, el monto del beneficio es de $224.004, cifra que desde el 1 de septiembre subió a $250.000 para las personas de 82 años o más.
Razones de suspensión de la PGU
El Instituto de Previsión Social (IPS) tiene la obligación de revisar periódicamente si los beneficiarios mantienen los requisitos. En algunos casos, la PGU puede ser suspendida:
- No cobrar la PGU durante 6 meses seguidos. En esta situación, el pago se puede reactivar si se solicita dentro de los 6 meses posteriores a la suspensión. Si no se pide, el beneficio termina.
- No entregar antecedentes solicitados por el IPS en un plazo de 3 meses, cuando estos sean necesarios para acreditar el cumplimiento de los requisitos.
Razones de extinción de la PGU
En otros casos, el beneficio puede extinguirse de manera definitiva:
- Fallecimiento del beneficiario, extinguiéndose el pago el último día del mes del deceso.
- Residencia fuera de Chile por más de 180 días en un año calendario. Para reactivarlo, se debe acreditar residencia en el país por al menos 270 días durante el año anterior a la solicitud.
- Entregar información falsa, incompleta o errónea al momento de acreditar los requisitos.
- Superar el requisito de focalización, es decir, pertenecer al 10% más rico de la población.