La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un beneficio económico mensual dirigido a los adultos mayores de 65 años que cumplan con ciertas condiciones. Este aporte, a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS), reemplaza a la Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV) y al Aporte Previsional Solidario de Vejez (Pilar Solidario).
Particularidades de la PGU
Una de las particularidades de la PGU es que no es necesario estar pensionado para recibirla. Además, pueden acceder a ella tanto aquellos que no tengan derecho a pensión en ningún régimen, como las personas que ya reciben una pensión de AFP o de las excajas de previsión social. Sin embargo, quedan excluidos de los pagos de la PGU los adultos mayores que sean imponentes o pensionados de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena) y de la Dirección de Previsión de Carabineros (Dipreca).
¿Quiénes pueden perder la PGU?
Los beneficiarios de la Pensión Garantizada Universal pueden perder el derecho a recibir el beneficio de manera temporal o definitiva. Los pagos pueden suspenderse si la pensión no se cobra durante 6 meses continuos, en cuyo caso el beneficiario puede solicitar su reactivación dentro de los 6 meses siguientes a la emisión de la resolución de suspensión. Si no se solicita en este periodo, el IPS debe extinguir o poner fin al beneficio. También se puede perder la PGU si no se entregan los antecedentes requeridos para acreditar el cumplimiento de los requisitos dentro de los 3 meses siguientes a la solicitud del IPS.
Por otro lado, el beneficio puede extinguirse en los siguientes casos: si el beneficiario fallece, a contar del último día del mes de su fallecimiento; si el beneficiario permanece fuera del país por más de 180 días continuos o discontinuos durante el año calendario; si se entregan antecedentes incompletos, erróneos o falsos para acreditar el cumplimiento de los requisitos de acceso a la PGU; o si el beneficiario deja de cumplir el requisito de focalización, es decir, si forma parte del 10% más rico de la población.
¿Qué hacer en caso de pérdida del pago de la PGU?
Si eres beneficiario de la PGU y se te ha notificado el rechazo o suspensión de los pagos, tienes un plazo de 5 días hábiles para interponer un reclamo ante el Instituto de Previsión Social. Para realizar este reclamo, debes ingresar al sitio de ChileAtiende, proporcionar la información personal requerida, detallar el motivo del reclamo y adjuntar los documentos necesarios. Puedes encontrar el sitio de ChileAtiende aquí.