Un fallo favorable es el que recibió una profesora en Arica. La educadora había sido despedida por el establecimiento en el que prestaba servicios, bajo la figura de necesidades de la empresa. Sin embargo, el Juzgado de Letras de la ciudad nortina acogió la demanda de la profesional por despido improcedente.
En el fallo, se desestimó la causal de necesidades de la empresa presentada por la demanda, razón por la cual condenó al pago de la suma de $1.177.182 de indemnización por años de servicio, más 1.282.626 por concepto de incremento del 30% de dicho monto.
El fallo que le dio el favor a la trabajadora
La deliberación estipula que quedó establecido el único fundamento de la causal de despido expresado en la carta de despido es que la profesora “no se adaptó al Sistema Interno del Establecimiento“.
“Desde ya, el solo mérito de esa frase es suficiente para estimar que el despido es efectivamente improcedente. En efecto, no se sabe y menos se entiende a qué sistema interno del Colegio se refiere la comunicación; tampoco se sabe si la trabajadora debía efectivamente adecuarse a ese sistema interno, si estaba obligada a ello; y no se sabe de qué forma la trabajadora no se adecuó al mismo, y se desconoce cómo debía hacerlo”, plantea el fallo.
“Sin perjuicio de lo anterior, con la expresión que no se adaptó al sistema interno del Establecimiento, la empleadora está atribuyendo exclusivamente a la trabajadora el origen del supuesto fundamento de la causal de necesidades de la empresa“, se agrega.
El director del establecimiento educacional ofició como testigo en el juicio, declarando en la instancia que “se presentaron algunas situaciones de la profesora demandante, tanto con los alumnos como con los apoderados; que se le prestó apoyo, pero no tuvo ningún avance; y, agrega que se despidió a la actora, ya que no se adaptó a las condiciones del Colegio, que ella no tuvo cambios para una relación más fluida con los apoderados”.