Para tener una idea de la magnitud de la situación: en el año pasado, se pagaron un total de siete millones de cotizaciones. El 84% fue cancelado correctamente; mientras que el 16% restante, equivalente a 1.128.879 imposiciones, fue fuera de plazo legal, es decir, después de los primeros diez días del mes siguiente.
Esto afecta el presente y futuro de los trabajadores y trabajadoras. Por un lado, dejan de recibir importantes beneficios sociales —como el IFE Laboral y el Subsidio Protege—, porque exigen el pago continuo de cotizaciones mientras están en vigencia.
Por otra parte, daña las futuras pensiones que tendrán los empleados, pues no hay pago previsional. Y no solo eso, en caso de quedar cesante, no tendría fondos —o serían insuficientes— en el Seguro de Cesantía.
¿Cómo saber si tengo cotizaciones impagas?
La Superintendencia de Pensiones posee una plataforma que permite a los trabajadores y trabajadoras dependientes verificar si es que su empleador está al día con el pago de sus cotizaciones, ya sea en la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) o en la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
Para ello, el usuario o usuaria debe ingresar a esta página web (pinchar aquí) y rellenar un breve formulario con los datos personales y de contacto. Posteriormente, cuando la información solicitada haya sido proporcionada, se debe hacer clic en el botón «buscar».
De esta manera, el sistema informará automáticamente si el RUT ingresado posee o no cotizaciones impagas.
¿Qué hacer si mi empleador no ha pagado mis cotizaciones?
El primer paso es exigirle al empleador que realice el pago inmediato de las cotizaciones que están impagas. Sin embargo, si eso no tiene resultados positivos, entonces el trabajador o trabajadora afectada debe acudir a la Dirección del Trabajo (DT) para solicitar una fiscalización.
«La no cotización de las leyes laborales y previsionales es una falta al Código del Trabajo y es la DT la encargada de fiscalizar su correcto cumplimiento por parte de la o el empleador», explica la Superintendencia de Pensiones.
Asimismo, esta institución señala que se «puede presentar un reclamo en la AFC, para que esa entidad inicie las acciones de cobranza hacia la o el empleador moroso».