El Bono Post Laboral es un beneficio disponible para trabajadores del sector público que tienen bajas tasas de reemplazo en sus pensiones.
¿Cuáles son los requisitos para cobrar este beneficio?
- Estar afiliado o afiliada al sistema de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones (AFP).
- Tener 60 años de edad en el caso de las mujeres y 65 años en el caso de los hombres.
- Contar con más de 20 años de servicio, ya sea de manera continua o discontinua, en alguna de las instituciones mencionadas.
- Ser funcionario o funcionaria de planta, contratado o regido por el Código del Trabajo en una de estas instituciones al momento de solicitar el bono.
- Haber sido funcionario o funcionaria de alguna de las instituciones mencionadas antes del 1 de mayo de 1981 y tener al menos una imposición en el sistema previsional antiguo.
- Tener una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior al 55%.
- Haber cesado en el cargo debido a suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por haber obtenido una pensión de vejez.
Las personas que pueden solicitar este bono son aquellas que hayan sido trabajadores del sector público y que pertenezcan a las siguientes reparticiones del Estado:
- Gobierno central, gobiernos regionales y municipalidades.
- Corporaciones de Asistencia Judicial.
- Universidades estatales.
- Contraloría General de la República.
- Consejo Nacional de Televisión.
- Consejo Superior de Educación.
- Dirección General de Aeronáutica Civil.
- FONADIS (Fondo Nacional de la Discapacidad).
- SERCOTEC (Servicio de Cooperación Técnica).
- CONAF (Corporación Nacional Forestal).
El Bono Post Laboral se entrega de manera mensual y durante toda la vida del beneficiario. Además, no está sujeto a impuestos, indemnizaciones o rentas.