El Ahorro Previsional Voluntario (APV) es una herramienta que permite a los afiliados a las AFP en Chile realizar aportes adicionales para mejorar su pensión futura. Sin embargo, a diferencia de los fondos obligatorios, el APV ofrece la opción de retirar parte o la totalidad de los ahorros acumulados bajo ciertas condiciones.
¿Qué es el Ahorro Previsional Voluntario (APV)?
El APV es un mecanismo de ahorro complementario que permite a los trabajadores aumentar sus fondos para la jubilación a través de aportes adicionales voluntarios, que se descuentan de su renta imponible mensual. Estos fondos se suman a los aportes obligatorios que ya se realizan al 10% para la cuenta de capitalización individual en la AFP.
¿Qué diferencia al APV de los ahorros obligatorios?
Mientras que los fondos de la cuenta obligatoria de la AFP están exclusivamente destinados al financiamiento de pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia, el APV permite una mayor flexibilidad, ya que los afiliados pueden retirar sus cotizaciones voluntarias en cualquier momento.
¿Cómo retirar tus fondos del APV?
Si deseas retirar dinero de tus fondos APV, sigue estos pasos:
- Comunícate con la AFP en la que tienes tu cuenta de APV.
- Verifica tu saldo disponible y las condiciones aplicables.
- Solicita el retiro parcial o total de tus cotizaciones voluntarias.
Importante: Consideraciones tributarias
- El retiro del APV está sujeto a impuestos, ya que estos fondos se benefician de exenciones tributarias durante su acumulación.
- El cargo tributario dependerá del tramo de renta del afiliado en el año en que realice el retiro.
¿Cuándo se puede solicitar el retiro?
El retiro del Ahorro Previsional Voluntario puede solicitarse en cualquier momento durante la vida laboral del afiliado. Sin embargo, se recomienda evaluar cuidadosamente el impacto tributario antes de realizar un retiro.
¿Qué no se puede retirar?
Los fondos de la cuenta obligatoria de la AFP no pueden retirarse antes de la jubilación. Según la normativa vigente:
“Las sumas depositadas en las cuentas de capitalización individual están exclusivamente destinadas al financiamiento de pensiones de vejez, invalidez y sobrevivencia”.