Desde este jueves 15 de mayo, todos los vehículos que circulen en Chile deberán cumplir con una nueva condición para aprobar su revisión técnica. Se trata de la implementación de la Ley 21.601, que obliga a tener la patente grabada en vidrios y espejos, con el fin de prevenir robos de piezas automotrices.
Este cambio se suma a los controles habituales y se convierte en un filtro obligatorio para acceder al Permiso de Circulación, el cual permite el tránsito legal por las calles del país.
Grabado de patentes: nuevo requisito para la revisión técnica
A partir del 15 de mayo de 2025, según informó el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, no se podrá aprobar la revisión técnica si el vehículo no tiene correctamente grabada su patente en los elementos exigidos por la ley.
La norma detalla que los vehículos deberán tener la placa patente grabada en al menos seis vidrios (los laterales, luneta y parabrisas) y ambos espejos retrovisores laterales.
¿Qué pasa con vehículos con más o menos vidrios?
- Vehículos con más vidrios (como buses o furgones): solo deben cumplir con el mínimo de seis grabados.
- Vehículos con menos vidrios, como las motocicletas: deben tener la patente grabada en todos sus espejos.
¿Cómo debe hacerse el grabado de la patente?
El grabado no puede ser cualquiera. La normativa establece condiciones específicas:
- Permanente: el grabado debe provocar desgaste en el vidrio o espejo. Técnicas válidas incluyen arenado, tallado o ácido, entre otras.
- Formato: las letras deben estar en mayúscula, legibles, sin negrita ni cursiva.
- Tamaño:
- En vidrios, la altura debe estar entre 7 y 10 milímetros.
- En espejos laterales, entre 5 y 10 milímetros.
Estas exigencias aplican para vehículos particulares, comerciales y de transporte, con excepción de aquellos que ya tengan su patente visible en los costados (como taxis y camiones), quienes solo deben grabar en espejos y parabrisas.
¿Qué pasa si no tengo la patente grabada?
A partir de esta fecha, no podrás obtener la revisión técnica si no cumples con el grabado según lo estipulado. Además, circular sin el grabado también implica una multa de entre 1 a 1,5 UTM, es decir, entre $68.648 y $102.972 aproximadamente.