El Subsidio de Arriendo es un beneficio habitacional temporal que entrega el Estado a familias que viven en una vivienda arrendada. El apoyo consiste en un total de 170 UF, que se otorgan de forma mensual con un tope de 4,2 UF, pudiendo usarse en meses consecutivos o bien distribuirse por un plazo máximo de ocho años.
En cuanto al valor de la vivienda, este no puede superar las 11 UF. Sin embargo, el límite se amplía a 13 UF en las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama, Metropolitana, Aysén y Magallanes, donde además el tope mensual del subsidio aumenta a 4,9 UF.
Requisitos principales
Podrán postular familias allegadas o arrendatarias que necesiten una solución habitacional por un periodo acotado, siempre que cumplan con las siguientes condiciones:
- Tener 18 años o más.
- Contar con cédula de identidad vigente (chilenos o extranjeros).
- Postular con cónyuge, conviviente civil, pareja o hijo. En el caso de personas mayores de 60 años, no se exige núcleo familiar.
- Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y no superar el 70% de calificación socioeconómica.
- Contar con un ahorro mínimo de 4 UF en una cuenta de ahorro para la vivienda.
- Tener un ingreso familiar mensual entre 7 y 25 UF, con un aumento permitido de 8 UF por cada integrante adicional desde el cuarto.
- Poseer cotizaciones previsionales registradas en línea.
- Presentar certificación de ahorro en instituciones con convenio con el Minvu (Banco Estado, Scotiabank/Desarrollo, Coopeuch o Caja Los Andes).
Plazo de postulación
La postulación al Subsidio de Arriendo estará abierta entre el 7 de octubre y el 14 de noviembre de 2025, ya sea a través del sitio web del Minvu o de manera presencial en las oficinas del Serviu.