Quienes reciben la Pensión Garantizada Universal deben cumplir ciertos requisitos permanentes. De no hacerlo, el beneficio puede suspenderse o incluso extinguirse, según lo establece el IPS.
La Pensión Garantizada Universal (PGU) es un aporte económico mensual entregado por el Estado a las personas mayores de 65 años, sean o no pensionadas, con el fin de mejorar sus ingresos durante la vejez. Sin embargo, este beneficio no es indefinido: existen causales específicas que podrían provocar su suspensión o pérdida definitiva.
Razones por las que se puede suspender temporalmente la PGU
El Instituto de Previsión Social (IPS) revisa de forma periódica si los beneficiarios aún cumplen con los requisitos legales. En caso contrario, puede suspender el pago. Las principales causas de suspensión son:
- No cobrar la PGU durante seis meses consecutivos.
En este caso, el pago se suspende automáticamente. Sin embargo, la persona afectada puede solicitar su reactivación dentro de los seis meses posteriores a la resolución de suspensión. Si no lo hace, el beneficio se extinguirá definitivamente. - No entregar documentación solicitada por el IPS.
Si el IPS requiere antecedentes para comprobar que se siguen cumpliendo los requisitos, y la persona no responde dentro de los tres meses desde la solicitud, la PGU puede ser suspendida.
Causales que pueden extinguir el beneficio de manera definitiva
Algunas situaciones no solo detienen el pago, sino que lo eliminan por completo. Estas son:
- Fallecimiento del beneficiario.
La PGU se paga hasta el último día del mes en que ocurre el deceso. - Permanecer fuera de Chile más de 180 días durante el año.
Esto puede ser de manera continua o discontinua. Para recuperar la PGU, la persona debe demostrar que vivió al menos 270 días en Chile durante el año anterior a su nueva solicitud. - Entregar información falsa o incompleta al postular.
Manipular los datos para cumplir con los requisitos conlleva la extinción del beneficio. - Dejar de cumplir con el requisito de focalización.
Si el grupo familiar del beneficiario pasa a formar parte del 10 % más rico de la población, se pierde el derecho a la PGU.
¿Se puede apelar a la suspensión o pérdida de la PGU?
Sí. Toda persona notificada de la suspensión o rechazo del beneficio puede presentar un reclamo ante el IPS dentro de los 5 días hábiles siguientes. Es recomendable acompañar todos los antecedentes que respalden el cumplimiento de los requisitos.