Es un seguro a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), que protege a trabajadores y trabajadoras regidas por el Código del Trabajo, en caso de quedar sin empleo.
Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si queda cesante podrá retirar el dinero en giros mensuales. De no tener fondos, puede recurrir al Fondo de Cesantía Solidario (FCS) siempre que cumpla con las causales de término y las cotizaciones.
Quienes no cumplen los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.
Tu afiliación al Seguro de Cesantía es automática si cumples con los siguientes requisitos:
Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com. En ambos casos, el plazo es de 13 días posteriores al inicio del contrato.
También puede hacerlo en las sucursales de la AFC Chile dentro de los 10 días corridos después del inicio del contrato.
¿Puedo afiliarme voluntariamente a la AFC?
Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o iniciaste tus labores como trabajadora o trabajador de casa particular antes del 2 de octubre de 2002 puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.
Además, puedes pedir la incorporación en tu trabajo (tu empleador o empleadora deberá realizar tu afiliación).
Excepciones
El Seguro de Cesantía no incluye a:
Acredita la cesantía con alguno de los siguientes documentos:
Revisa qué otros documentos puedes presentar en caso de no tener ninguno de los anteriores.
Además, debes contar con al menos:
Las cotizaciones se cuentan:
Importante: junto al documento que pone término a la relación laboral, si trabajaste en jornada parcial, debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas.
Ingresa a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC)., con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, pídela. Luego, completa tus datos e ingresa el finiquito o documento que acredite la cesantía.
Además, podrás revisar:
También puedes pedir el pago en una sucursal de la AFC, con tu cédula de identidad vigente y el finiquito o documento de cesantía.
Montos y porcentajes
Si aprueban tu solicitud podrás realizar giros mensuales desde tu cuenta individual hasta que tu saldo lo permita, bajo los siguientes porcentajes de la remuneración según los últimos 10 meses:
Suspensión del pago
No recibirás más pagos del seguro una vez que AFC reciba la notificación de que has sido contratado o contratada nuevamente, mediante:
Dependiendo del tipo de contrato, el Seguro de Cesantía se financia con aportes de las personas trabajadoras, los empleadores y/o el Estado:
Contrato indefinido:
Contrato a plazo fijo:
Trabajadores de casa particular:
Retira tus fondos por pensión
Si estás pensionado y mantienes saldo en tu Cuenta Individual de Cesantía (CIC), puedes hacer el retiro de los fondos ahorrados, a través del:
Solicita el retiro de fondos en la Sucursal Virtual de la AFC., con tu RUN y ClaveÚnica o clave de la AFC. Ingresa tu solicitud y adjunta los documentos, según sea el caso:
Haz también este trámite en cualquiera de las sucursales de AFC Chile.
Traspaso de fondos
Dirígete a la AFP en la que estás afiliado o afiliada, con los siguientes documentos:
Importante: la AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para efectuar el traspaso, desde tu solicitud. Si estás pensionado o pensionada en el extranjero, presenta estos mismos documentos legalizados en el consulado chileno del país que corresponda y en el Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile.
Restricciones
No puedes retirar los fondos de tu cuenta individual de cesantía como pensionado o pensionada si cuentas con otro tipo de pensión, como:
De todas formas, si cuentas con alguna de estas pensiones y te encuentras sin trabajo, puedes acceder a tus beneficios como trabajador o trabajadora cesante afiliado o afiliada al Seguro de Cesantía.
La plata que has acumulado en tu cuenta individual será repartida a tus beneficiarios designados en vida ante la AFC o a tus herederos cuando mueras, quienes pueden retirar los fondos en un solo pago.
Inscribe a tus beneficiarios en la Sucursal Virtual de la AFC, con tu RUN y ClaveÚnica o clave AFC. También en las sucursales de la AFC Chile.
Importante:
Si soy beneficiario o beneficiaria, ¿cómo retiro los fondos?
Preséntate en cualquier sucursal de la AFC Chile, completa la solicitud de retiro de fondos por fallecimiento y entrega los siguientes documentos: