Uno de los beneficios monetarios que pueden recibir las y los estudiantes escolares, es el Bono por Deber Asistencia Escolar. Sin embargo, la entrega de este aporte está sujeto a la asistencia a clases de las y los alumnos, entre otros requisitos.
¿Quiénes reciben el Bono por Deber Asistencia Escolar?
Para recibir el Bono por Asistencia Escolar es necesario ser parte de una familia usuaria del Subsistema de Seguridades y Oportunidades y cumplir con las siguientes condiciones:
- Estar participando del Acompañamiento Psicosocial (APS) o Acompañamiento Sociolaboral (ASL).
- Tener integrantes de entre 6 y 18 años de edad al 31 de marzo del año respectivo.
- Los niños deben estar cursando estudios en una institución educacional reconocida por el Estado, en los niveles educacionales básica o media, y deben cumplir con una asistencia escolar mensual igual o superior al 85%.
Cabe mencionar que el Ministerio de Educación (Mineduc) es el encargado de verificar la asistencia escolar mensual, por lo que no se debe postular para acceder a este beneficio, ya que es asignado automáticamente a los que cumplan con las condiciones.
¿Cómo se paga el Bono por Deber Asistencia Escolar?
El pago del Bono por Asistencia Escolar se entrega en la forma que la familia haya decidido recibir los pagos, las cuales pueden ser:
- Depósito bancario
- Depósito en la CuentaRUT del BancoEstado
- Retiro presencial en sucursales de la Caja de Compensación Los Héroes y BancoEstado.