El Subsidio DS1 permite a familias de clase media acceder a la compra de una vivienda nueva o usada, o bien construir en un sitio propio. Este beneficio cuenta con un plazo de vigencia que, de no respetarse, implica su extinción.
En mayo se realizó el primer llamado nacional a postulación. De repetirse el esquema del año pasado, los resultados se conocerían a fines de agosto, y un segundo proceso se abriría en noviembre, según lo que informe el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu).
Vigencia del certificado de subsidio
Una vez adjudicado el beneficio, el beneficiario recibe el certificado de subsidio habitacional emitido por el Servicio de Vivienda y Urbanismo (Serviu) o disponible para descarga en el portal del Minvu. Este documento incluye:
- Tramo de precio de vivienda y modalidad de aplicación.
- Nombre y cédula del beneficiario y su cónyuge.
- Fecha de emisión.
- Monto del ahorro acreditado y del subsidio asignado.
- Región de aplicación.
- Identificación del sitio en caso de construcción en terreno propio.
En el certificado también figura la fecha de vencimiento, con una vigencia inicial de 21 meses desde su emisión, otorgando poco menos de dos años para utilizar el beneficio.
Plazos de prórroga
Si el certificado no se presenta en el Serviu dentro de esos 21 meses, se otorga un nuevo plazo de 18 meses adicionales para su uso, previa presentación de antecedentes para compra o construcción.
En caso de no utilizarlo en ese periodo, se puede solicitar otro plazo de hasta 180 días, cuya aprobación depende del secretario regional ministerial de Vivienda y Urbanismo.
El tiempo total de vigencia no puede exceder los 60 meses desde el inicio del beneficio. Si aún no se ha cobrado, se podrá pedir, de forma excepcional y solo una vez, una prórroga final de hasta 180 días, siempre que se acredite que:
- La escritura de compra fue suscrita, o
- Se ingresó la solicitud de recepción municipal para construcción en sitio propio, dentro de los 60 meses establecidos.
Si se superan estos plazos sin solicitar el cobro, se entenderá que el beneficiario renuncia al Subsidio DS1.