Para quienes estén en situación de cesantía laboral este año se mantendrán vigentes los beneficios para las personas que se encuentren sin trabajo.
Seguro de Cesantía
El Seguro de Cesantía es destinado a todos los trabajadores que se encuentren afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y que además tengan una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Los beneficiarios de este bono deben haber contado con un contrato de trabajo, debido a que una parte de los ingresos se destinan a este seguro.
- Acreditar la cesantía a través de finiquito, carta de despido, carta de renuncia, acta de comparendo ante la Inspección del Trabajo, certificado de la Inspección del Trabajo o sentencia judicial.
- Para contrato indefinido o de trabajador de casa particular: Al menos 10 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término de la relación laboral.
- Para contrato a plazo fijo, obra o servicio determinado: 5 cotizaciones continuas o discontinuas con uno o más empleadores.
- Contar con cotizaciones desde el último período con acceso al beneficio, si es la primera solicitud, desde la afiliación al seguro hasta el mes de término de la relación laboral.
- Retiros mensuales graduales según el tiempo de desempleo.
Subsidio de Cesantía
El Subsidio consiste en el pago de una ayuda económica por un período máximo de 360 días a todas las personas que se encuentren en situación de cesantía laboral.
- Tener al menos 12 meses continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional en los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
- Estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad.
- Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
- Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
- Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2022 (para contratos firmados después de esta fecha, aplicar al seguro de cesantía pagado por la AFC).
Fondo de Cesantía Solidario
El Fondo de Cesantía Solidario busca garantizar el beneficio a los afiliados la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que no cuentan con recursos suficientes en su cuenta individual de cesantía o cuando se le han acabado los fondos del seguro de cesantía.
- Estar cesante al momento de la postulación.
- No tener fondos suficientes en el seguro de cesantía.
- Tener al menos 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario en los 24 meses anteriores al despido.
- Las últimas tres cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
- Contar con un contrato que haya terminado por diversas razones, dejando activa la cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo.