Este viernes 25 de abril comienza la devolución de impuestos para los contribuyentes que efectuaron la Operación Renta, cuya realización sigue disponible en las plataformas del Servicio de Impuestos Internos (SII).
El trámite consiste en declarar todos los ingresos percibidos durante el año calendario anterior (2024, en esta ocasión). Es obligatoria para todas las empresas; mientras que para las personas, solo si reúnen los requisitos.
Cualquiera sea el caso, además de la eventual devolución, el declarar la renta posibilita el acceso a importantes beneficios tributarios, muchos de ellos relacionados con la educación de los hijos o créditos para la compra de una vivienda, principalmente.
¿Me corresponde la primera devolución de impuestos de la Operación Renta?
A partir de este viernes 25, los contribuyentes que reciben la devolución de impuestos son todos aquellos que declararon sus ingresos durante el primer plazo (entre el 1 y el 8 de abril) y eligieron «depósito» como modalidad de pago. Por ende, el dinero será transferido a su cuenta bancaria.
Respecto a las empresas y personas que hicieron su declaración en ese mismo plazo (y en cualquiera de los que restan), pero que prefirieron el cheque como método, este será emitido el viernes 30 de mayo. Si el monto es mayor a $3.000.000, el cheque será enviado al domicilio del contribuyente; si la devolución es menor, el papel podrá cobrarse en cajas de BancoEstado.
Considerando la opción «depósito», las próximas fechas de la devolución son las siguientes:
- Declaraciones de renta entre el 9 y el 21 de abril: 14 de mayo.
- Declaraciones de renta entre el 22 y el 28 de abril: 23 de mayo.
- Declaraciones de renta entre el 29 de abril y el 9 de mayo: 30 de mayo.
No me llegó la devolución de impuestos, ¿por qué?
Los usuarios pueden hacer una simulación de la Operación Renta para conocer si les corresponde algún monto. Para muchos, el resultado es positivo, pero una vez que llega la fecha, la sensación no es la misma al descubrir que el dinero no ha llegado.
Una razón puede ser la alta cantidad de depósitos que realiza el sistema, generando atrasos en un pago que finalmente llegará. La otra hipótesis consiste en la retención de la devolución, lo que significa que el contribuyente recibirá menos (o cero pesos) de lo que había previsto.
La Tesorería General de la República, la encargada de pagar las devoluciones de impuestos, detalla que la retención ocurre por los siguientes motivos:
- Deudas de pensión de alimentos.
- Órdenes judiciales (retención por juicios o conflictos con otras personas, como deudas no pagadas).
- Deudas previsionales (retenciones por aportes no realizados a AFP, salud u otros sistemas previsionales).
- Créditos universitarios impagos (como cuotas del CAE que están sin pagar).
- Deudas con el sistema de salud (Fonasa puede solicitar la retención por pagos pendientes de cotizaciones o prestaciones de salud).
- Cesión de devolución (cuando se firma un documento legal que autoriza a otra persona a recibir la devolución).
- Evasión en transporte público (retenciones por no pagar el pasaje del transporte público o mal uso de la Tarjeta Nacional Estudiantil TNE).
- Subsidios al empleo (retenciones por recibir subsidios laborales del Sence incorrectamente, por no cumplir los requisitos)