Desde enero de 2025, comenzó a regir el «límite de las 50 transferencias» bancarias, una medida implementada bajo la Ley 21.713 de Cumplimiento Bancario, con el objetivo de combatir la evasión y elusión tributaria. Esta normativa establece que todas las personas que comercialicen productos o presten servicios deben formalizar sus actividades económicas, reportando sus transacciones bancarias al Servicio de Impuestos Internos (SII).
¿Cómo Funciona la Nueva Normativa?
Bajo esta normativa, las instituciones bancarias y financieras deben informar al SII sobre las cuentas que reciban más de 50 transferencias de diferentes personas en un mes, o más de 100 transferencias en seis meses. La información debe ser entregada de forma semestral, con los informes correspondientes a:
- Enero: Reporte de las transacciones del segundo semestre del año anterior.
- Julio: Informe sobre las transferencias realizadas durante el primer semestre.
¿A Quiénes Afecta Esta Norma?
La nueva normativa está orientada a detectar la informalidad en los negocios y a las personas que no cumplen con sus obligaciones tributarias. En particular, se enfoca en:
- Personas con actividad comercial que no han iniciado actividades en el SII.
- Vendedores de productos o servicios que no emiten boletas o facturas.
- Productores de contenido o vendedores en redes sociales o internet.
Las personas que realizan comercio deben iniciar actividades en el SII y entregar boletas (incluyendo IVA) como parte de su declaración mensual ante el SII.
Excepciones a la Normativa
No están sujetos a esta obligación:
- Tesorero de curso o de clubes deportivos.
- Cuotas de actividades sociales o familiares.
- Actividades solidarias.
- Recaudación de fondos para servicios comunes de una comunidad.
- Rifas en establecimientos educacionales.
Este informe busca reforzar el control sobre las actividades comerciales informales y garantizar que los negocios cumplan con sus obligaciones fiscales, promoviendo una mayor transparencia en el sistema económico.