En cuanto a este proceso, es llevado a cabo por personas naturales que cumplan ciertas condiciones y también por todas las empresas del país.
Sin embargo, también pueden hacerlo quienes no reúnan los requisitos, pero desean acceder a un beneficio o crédito tributario, como la rebaja de intereses por dividendos hipotecarios y/o del crédito por gastos en educación.
En esta línea, el Servicio de Impuestos Internos (SII) confirmó las fechas en que los contribuyentes tendrán que realizar este trámite. Además, anunció los plazos en que se producirán las devoluciones de impuestos.
¿Cuándo pagarán la devolución?
El Servicio de Impuestos Internos estableció las siguientes fechas de declaración de renta y de los eventuales depósitos correspondientes a las devoluciones de impuestos:
- Declaraciones del 1 al 8 de abril, el depósito será el jueves 20 de abril.
- Declaraciones del 9 al 27 de abril, el depósito será el lunes 15 de mayo.
- Declaraciones del 28 de abril al 10 de mayo, el depósito será el viernes 29 de mayo.
¿Cómo saber si debo declarar mi renta?
Las personas deben declarar su renta en caso de cumplir una o alguna de estas condiciones:
- Tuvieron un ingreso anual superior a los $9.907.434 en 2022 (salvo que este corresponda a sueldos de un solo empleador o pagador).
- Tuvieron más de un empleador o pagador.
- Trabajaron a honorarios y quieren optar a la cobertura total o parcial para sus cotizaciones previsionales.
- Realizaron el segundo retiro del 10% de las AFP y tienen un ingreso tributable superior a $22.016.520 (30 UTA).
- Solicitaron el Préstamo Solidario en 2020 y/o 2021. En esta operación se calcula y se paga la cuota correspondiente: 30% y 10% del monto solicitado, respectivamente.
Respecto a este último punto, el propio SII señala en su sitio web que «si prepagaste el monto total del Préstamo Solidario que solicitaste en 2020 y/o 2021, debes realizar tu declaración de Renta si tuviste retenciones adicionales en tu sueldo o boleta de honorarios, para solicitar la devolución de excedentes».