Pese a que el Aporte Familiar Permanente, también conocido como Bono Marzo, se entregó a principios de este 2023, el Instituto de Previsión Social (IPS) establece un plazo de nueve meses para cobrar el dinero, contabilizando desde la fecha en que se pagó. Dicho periodo está pronto a concretarse.
¿Hasta cuándo se puede cobrar el Aporte Familiar Permanente?
Tal como se ha implementado en años anteriores, los beneficiarios de la bonificación tienen nueve meses para efectuar el cobro del dinero, contabilizando desde que se efectuó el pago. Sin embargo, es crucial recordar que no todos tienen la misma fecha de vencimiento del cobro, ya que el dinero se entregó en tres procesos distintos. Aquí te detallamos las fechas:
- A la primera nómina de beneficiarios se les pagó el 15 de febrero.
- A la segunda, el 1 de marzo.
- A la tercera, el 15 de marzo.
Aplicados los nueve meses de vigencia, entonces el plazo para cobrar el bono corresponde a los siguientes días:
- La primera nómina de beneficiarios puede cobrar el dinero hasta el 15 de noviembre.
- La segunda, hasta el 1 de diciembre.
- La tercera, hasta el 15 de diciembre.
El cobro del pago extraordinario del Bono Marzo técnicamente no vence, ya que se entrega junto al monto convencional del beneficio.
¡Cobra tu aporte a tiempo! El Aporte Familiar Permanente (ex Bono Marzo) se entrega a familias de menores ingresos que cumplan con los requisitos. Tienen un plazo de 9 meses desde la fecha de emisión. Revisa pagos pendientes aquí. ¡No se postula!
¿Cómo consultar si me corresponde el Bono Marzo?
Si hay personas que debían cobrar en locales de pago y no acudieron a hacerlo, el llamado es a realizar la consulta si aparecen con el beneficio pendiente de cobro en el sitio web www.aportefamiliar.cl.
En la plataforma, el usuario debe ingresar su RUT y fecha de nacimiento para luego hacer clic en el botón «consultar». Automáticamente, el sistema arrojará el eventual monto del beneficio y el lugar para recogerlo.
Las personas que tienen más chances de tener el cobro pendiente son aquellas que no son beneficiarias habituales del IPS y no poseen Cuenta RUT de Banco Estado, por lo que debían cobrar la bonificación de manera presencial.