El Subsidio de Arriendo, otorgado por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), es una ayuda económica destinada a familias vulnerables o de sectores medios que necesitan apoyo para cubrir parte del pago mensual de una vivienda en arriendo.
A la espera del nuevo llamado, que podría abrirse en abril y extenderse hasta fines de junio, es clave que las personas interesadas verifiquen con anticipación si cumplen con los requisitos exigidos, lo que les permitirá participar del proceso sin contratiempos.
¿En qué consiste el Subsidio de Arriendo?
El beneficio contempla un aporte total de 170 UF, lo que equivale a cerca de $6,6 millones, entregados de manera fraccionada con un tope mensual de 4,2 UF (aproximadamente $163.000, dependiendo del valor actual de la UF).
Este monto se destina directamente al arrendador de la vivienda, con el fin de reducir el gasto mensual que asume la familia beneficiada.
Las postulaciones se realizan de forma online a través de la página del Minvu o presencialmente en las oficinas regionales del Serviu.
Requisitos para postular al Subsidio de Arriendo
De acuerdo con la información oficial del Minvu, los principales requisitos para acceder al subsidio son los siguientes:
- Tener al menos 18 años de edad.
- Contar con cédula de identidad vigente (en el caso de personas extranjeras, debe ser la correspondiente a su nacionalidad).
- Postular con un núcleo familiar, compuesto por cónyuge, conviviente civil o hijos. Las personas mayores de 60 años pueden postular solas.
- Estar inscrito en el Registro Social de Hogares (RSH) y pertenecer al 70% más vulnerable de la población.
- Tener un ahorro mínimo de 4 UF (aproximadamente $156.000), depositado en una cuenta de ahorro para la vivienda a nombre del postulante, su cónyuge o conviviente, al momento de postular.
- Contar con un ingreso familiar mensual entre 7 y 25 UF, es decir, entre $272.500 y $973.000 (según valores de abril 2024).
¿Es necesario arrendar una vivienda actualmente?
No es obligatorio tener un contrato de arriendo vigente para postular. Sin embargo, en caso de adjudicarse el subsidio, el beneficiario deberá:
- Formalizar un contrato de arriendo con el propietario de la vivienda, ajustado al monto máximo permitido según región (entre 11 UF y 13 UF).
- Asegurarse de que el arrendador no tenga vínculo de parentesco con ningún miembro del núcleo familiar.
Es importante tener presente que el dinero no se entrega al beneficiario en forma directa, sino que el Estado paga una parte del arriendo directamente al dueño del inmueble.