El Aguinaldo de Fiestas Patrias 2025 será pagado automáticamente en septiembre a pensionados que cumplan ciertos requisitos, y quienes tengan cargas familiares acreditadas recibirán un incremento adicional.
El beneficio, destinado a apoyar a los pensionados en los gastos de las celebraciones de Fiestas Patrias, será entregado junto con la pensión de septiembre, sin necesidad de trámites por parte del beneficiario. El monto base es de $25.280, pero puede aumentar para quienes cuenten con cargas familiares vigentes al 31 de agosto de 2025.
Además, el aguinaldo no es imponible ni tributable, lo que significa que se recibe de forma íntegra, sin descuentos.
Pago adicional por cargas familiares
El monto del aguinaldo puede incrementarse en $12.969 por cada carga familiar acreditada hasta el 31 de agosto de 2025. Este pago adicional se aplica incluso si el pensionado no tiene derecho a Asignación Familiar por exceder el ingreso mensual de $1.335.450.
Esto permite que un grupo de pensionados reciba un beneficio superior al monto base, dependiendo del número de cargas que tengan registradas formalmente.
Quiénes pueden recibir el aguinaldo
Para acceder al aguinaldo, los beneficiarios deben tener una de las siguientes condiciones vigentes al 31 de agosto de 2025:
- Ser pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS) que perciban la Pensión Garantizada Universal (PGU) o la Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
- Ser pensionados de las ex cajas de previsión y del ex Servicio de Seguro Social (actualmente IPS).
- Estar pensionados a través del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- Recibir pensión bajo las leyes de Exonerados Políticos, Ley N.º 19.234.
- Estar pensionados por Mutualidades de Empleadores de la Ley N.º 16.744.
- Ser pensionados de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca) o de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
- Ser pensionados bajo leyes de reparación: Ley N.º 19.123 (Rettig) y Ley N.º 19.992 (Ley Valech).
- Estar afiliados a una AFP o compañía de seguros y recibir alguno de los siguientes beneficios: PGU, Aporte Previsional Solidario (de Vejez o Invalidez), o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
- Ser beneficiarios del Subsidio de Discapacidad.
El pago del aguinaldo se realizará de manera automática, y el monto será calculado considerando tanto el beneficio base como los pagos adicionales por cargas familiares acreditadas según corresponda.