Un beneficio económico vitalicio, no imponible y complementario a la pensión, es lo que ofrece el Bono Post Laboral a funcionarios públicos que cumplan con ciertos requisitos. Este aporte mensual, entregado por la Tesorería General de la República (TGR), busca mejorar las condiciones de jubilación de quienes dedicaron su vida al servicio público.
En 2025, el bono fue reajustado a $98.670 mensuales, de acuerdo con la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), representando un apoyo permanente para el ingreso de quienes califican.
¿Quiénes pueden solicitar el Bono Post Laboral?
Según lo informado por la Superintendencia de Pensiones, pueden postular al bono las y los funcionarios públicos afiliados al sistema de AFP que trabajen en alguno de los siguientes organismos estatales:
- Gobierno central, gobiernos regionales y municipalidades.
- Corporaciones de Asistencia Judicial.
- Universidades del Estado.
- Contraloría General de la República.
- Consejo Nacional de Televisión.
- Consejo Superior de Educación.
- Dirección General de Aeronáutica Civil.
- Fonadis.
- Sercotec.
- Conaf (actualmente en proceso de transformación hacia Sernafor).
Requisitos exigidos para acceder al beneficio
No basta con estar afiliado a una AFP y trabajar en el sector público. Para recibir el Bono Post Laboral, el solicitante debe cumplir con todas las siguientes condiciones:
- Tener 60 años si es mujer y 65 años si es hombre.
- Acreditar más de 20 años de servicio, continuos o discontinuos, en alguno de los organismos mencionados.
- Estar trabajando como funcionario o funcionaria de planta, contrata o bajo Código del Trabajo al momento de postular.
- Haber sido funcionario/a antes del 1 de mayo de 1981 y registrar al menos una cotización en el antiguo sistema previsional.
- Contar con una tasa de reemplazo líquida estimada igual o inferior al 55%.
- Dejar el cargo por suspensión del empleo, renuncia voluntaria o por pensión de vejez.
¿Cómo se solicita el Bono Post Laboral?
Las personas que cumplan los requisitos deben realizar la solicitud directamente con su empleador, quien deberá reunir los certificados necesarios y enviarlos a la Tesorería General de la República para su evaluación.
“Una vez verificados los antecedentes y aprobado el beneficio, la TGR ordena el pago, que se agrega a la pensión del beneficiario a través de su AFP o compañía de seguros”, informan desde la Tesorería.
El proceso de evaluación tiene un plazo máximo de 30 días desde la recepción de los antecedentes. En caso de cumplir todos los requisitos, el pago se mantiene de por vida.
Para mayor información sobre los documentos requeridos, se puede consultar directamente en el sitio oficial de la Tesorería o en la página de la Superintendencia de Pensiones.