Esta semana se aprobó el proyecto de ley que reduce la jornada laboral semanal de 45 a 40 horas, con el objetivo de mejorar la calidad de vida de los trabajadores que se rigen por el Código del Trabajo.
La medida pretende aplicarse de manera gradual en un plazo de cinco años, aunque las empresas tienen la opción de adelantar su implementación.
Según cifras del Gobierno, al día de hoy existen 500 empresas que ya han llevado a cabo esta iniciativa y que cuentan con la certificación de las 40 horas.
¿Cómo funcionaría la ley?
El Ejecutivo expuso como ejemplo el caso de una persona que actualmente desarrolla sus funciones laborales en un horario de 08:00 a 18:00 horas con colación no imputable.
- 1º año de implementación: El horario de salida del trabajo de la persona del ejemplo sería a las 17 horas los viernes.
- 3º año de implementación: El horario de salida de la persona sería a las 17 horas dos días de la semana.
- 5º año de implementación: El horario de salida sería todos los días a las 17 horas.
El artículo 34 del Código del Trabajo señala lo siguiente: «La jornada laboral debe dividirse en dos partes, dejándose entre ellas un lapso de tiempo no inferior a media hora para la colación, tiempo intermedio que no se considera trabajado para computar la duración de la jornada diaria«.
«Por lo tanto, la ley solamente establece un tiempo mínimo no inferior a media hora, por lo que, en principio, no habría inconveniente para que las partes puedan acordar un periodo superior a media hora», sostiene el texto.
Esto quiere decir que, actualmente, el horario o periodo de colación no se considera como tiempo trabajado, así que no se descuenta de la jornada laboral.
Por otra parte, la Dirección del Trabajo aclaró que «no existe razón alguna para obligar al trabajador a efectuar el descanso de colación en el recinto de la empresa ni en las condiciones que determine el empleador, pudiendo hacer uso de él, en la forma que estime conveniente».
Fuente: Meganoticias