Las Cajas de Compensación son un servicio social al que los trabajadores del país pueden acceder a diferentes beneficios al ser afiliados. Sin embargo, para obtener estos, ya no es un requisito ser trabajador dependiente o ser pensionado, ya que las personas independientes, y emprendedores, también pueden inscribirse.
Desde el 2011, los trabajadores independientes pueden formar parte de estas corporaciones debido a la modificación del artículo 90 de la Ley N° 20.255. De esta manera, tanto el sector laboral independiente, como los emprendedores, pueden realizar su solicitud de afiliación si es que, en los últimos 30 días, han cotizado para su salud y pensión en una AFP.
No obstante, estas solicitudes deben pasar por un proceso de aprobación, del cual se encarga la Superintendencia de Seguridad Social y el Directorio de la Caja de Compensación respectiva.
Conforme a lo señalado por Caja Los Andes, este trámite debe realizarse de manera presencial en alguna sucursal.
En el sitio web de cada entidad de Cajas de Chile se pueden consultar las direcciones y horarios de atención de las sucursales en las regiones del país:
Además, según informa Cajas de Chile, la solicitud que realice la persona debe contener la siguiente información:
- Nombre completo, domicilio particular, teléfono y RUT.
- Actividad, profesión u oficio, además del lugar habitual de trabajo.
- Indicar por qué monto efectuó el pago previsional para pensión y la cotización de salud del mes anterior.
- Aclarar si se trata de una nueva afiliación o si desea desafiliarse de otra Caja de Compensación.
- Constatar la obligación que tiene el trabajador independiente de notificar a la Caja de Compensación cualquier cambio que se produzca en los dos primeros puntos mencionados de esta lista.
Es responsabilidad de las Cajas de Compensación definir cuánto será el dinero que cobrará a los trabajadores independientes. No obstante, este monto no podrá exceder el 2% de la renta imponible del afiliado.