Lluvias, acumulación de agua y una falta común en las calles
El sistema frontal que actualmente afecta a gran parte del país ha generado acumulación de agua en la calzada, provocando dificultades tanto para el tránsito vehicular como peatonal. En este contexto, uno de los incidentes más frecuentes es que peatones y ciclistas sean mojados por vehículos que circulan a alta velocidad por zonas inundadas.
Esta situación, aunque común durante episodios de lluvias intensas, está regulada por la normativa vigente. La Ley de Tránsito contempla sanciones específicas para quienes generen este tipo de afectaciones a transeúntes.
Qué dice la Ley de Tránsito sobre mojar a peatones
El artículo 118 de la Ley de Tránsito establece con claridad: “en caso de haber agua en la calzada, el conductor cuidará que esta no moje la acera ni a los peatones o conductores de ciclos”. El incumplimiento de esta disposición constituye una infracción menos grave.
Este artículo tiene por objetivo resguardar a quienes circulan a pie o en bicicleta, especialmente en condiciones climáticas adversas como las que se viven actualmente en el país.
El monto de la multa y su rango actualizado
Según información del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), quienes infrinjan esta norma arriesgan una multa de hasta 1 UTM. De acuerdo con el valor de la UTM en agosto de 2025, esto equivale a un rango entre $34.324 y $68.647.
La sanción aplica cuando un conductor moja a un peatón o ciclista con su vehículo al transitar sobre zonas con acumulación de agua, sin la debida precaución.
Importancia de respetar esta norma
La normativa no solo busca sancionar una conducta imprudente, sino también promover una mayor conciencia y respeto hacia los peatones y ciclistas, quienes son más vulnerables durante eventos de lluvia. La aplicación de esta multa responde a la necesidad de proteger la seguridad y dignidad de quienes se desplazan sin vehículo en contextos climatológicos adversos.