Prevenir el robo de vehículos se convierte en prioridad nacional con legislación que modifica la Ley de Tránsito.
En una medida destinada a evitar la venta de automóviles motorizados robados, desde septiembre del 2023, está en plena vigencia una serie de modificaciones a la Ley de Tránsito. Entre estas reformas, se incluye la normativa que requiere el grabado de la placa patente en los vidrios y espejos de los vehículos. Aquellos que no cumplan con esta normativa se enfrentan a multas que oscilan entre 1 a 1,5 UTM, equivalente a $65.443 hasta $98.164, según los últimos valores informados por el Servicio de Impuestos Internos.
Plazo Establecido para Cumplir con la Normativa
Las autoridades han establecido un plazo para realizar el grabado de las patentes, con el objetivo de evitar infracciones inmediatas. Este plazo varía dependiendo de la fecha de adquisición del vehículo y de la entrada en vigencia del reglamento respectivo.
Plazo para Automóviles Nuevos
Según el reglamento actualmente en proceso de toma de razón por parte de la Contraloría General de la República, los automóviles nuevos tendrán cuatro meses para efectuar el grabado. Este plazo se contabilizará desde la fecha de publicación del reglamento en el Diario Oficial.
Plazo para Automóviles Comercializados Previo a Septiembre del 2023
Los vehículos vendidos antes del 11 de septiembre de 2023 tendrán un plazo más amplio de doce meses desde la publicación del reglamento en el Diario Oficial para realizar el grabado de patente.
Plazo para Automóviles Vendidos Después de Septiembre del 2023
Para los automóviles comercializados entre el 11 de septiembre de 2023 y hasta el cuarto mes contado desde la mencionada publicación, también se aplicará un plazo de doce meses.
Especificaciones del Grabado
El reglamento detalla las características específicas que debe tener el grabado de las letras y dígitos correspondientes a la placa única de cada vehículo.
Características Requeridas
- Las letras y dígitos en los vidrios deben tener una altura entre 7 y 10 milímetros, con un ancho y espesor de trazo acorde al tipo y altura de la letra, de estilo normal.
- En los espejos laterales, la altura mínima deberá ser entre 5 y 10 milímetros.
- Todas las letras deben ser mayúsculas.
- El grabado debe ser permanente, realizado desgastando la superficie del vidrio o espejo.
- Debe permitir la lectura horizontal de izquierda a derecha para un observador externo al vehículo.
Ubicación del Grabado
- En los vidrios laterales, el grabado se realizará en el vértice inferior derecho desde el punto de vista externo.
- En el parabrisas, se efectuará en el vértice inferior derecho, sin obstruir la lectura u ocultar otros elementos obligatorios.
- En la luneta trasera, se realizará en el vértice inferior izquierdo desde la perspectiva externa.
- En los espejos laterales, el grabado seguirá el borde del espejo de acuerdo con su forma.