El Seguro de Cesantía, administrado por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), permite a los trabajadores con contratos regidos por el Código del Trabajo, el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o a trabajadores de casa particular, acceder a un apoyo económico en caso de quedar sin empleo.
¿Quiénes pueden retirar la totalidad de los fondos?
El retiro total de los recursos acumulados en la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) solo está habilitado para personas pensionadas. Esta opción también aplica para pensionados que continúan trabajando como trabajadores de casa particular.
De acuerdo a la AFC, pueden solicitar el retiro total quienes se encuentren en alguna de las siguientes condiciones:
- Pensionados por AFP, ya sea por vejez legal o anticipada, invalidez total o invalidez parcial definitiva con saldo retenido liberado.
- Beneficiarios de pensión de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA).
- Beneficiarios de pensión de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA).
- Pensionados bajo el régimen previsional antiguo (IPS).
Además, quienes cumplen con estos requisitos tienen la posibilidad de traspasar sus fondos de la CIC —parcial o totalmente— a una cuenta de ahorro previsional voluntario en su AFP.
¿Cómo realizar el trámite?
El proceso puede llevarse a cabo de dos maneras:
- Presencialmente: en cualquier sucursal de la AFC, dentro de sus horarios de atención.
- En línea: a través de la Sucursal Virtual de la AFC, ingresando con Clave Única o Clave AFC y seleccionando la opción “Cobrar saldo pensionado”.
De esta forma, las personas habilitadas pueden gestionar tanto el retiro total de sus fondos como el traspaso hacia una AFP, según lo que decidan.